Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 19/11/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de octubre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga, dimanante de autos núm. 295/2018. (PP. 2890/2018).

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NIG: 2906742120180006804.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 295/2018. Negociado: 5.

Sobre: Contratos en general.

De: Banco Popular Español, S.A.

Procurador: Sr. Alfredo Gross Leiva.

Letrado: Sra. Amalia González Santa-Cruz.

Contra: Ignorados ocupantes inmueble calle Guadiato, 2, planta 12, pta. B, Málaga.

E D I C T O

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 295/2018 seguido a instancia de Banco Popular Español, S.A., frente a ignorados ocupantes inmueble calle Guadiato, 2, planta 12, pta. B, Málaga, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 173

En Málaga, a quince de junio de dos mil dieciocho.

La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de Málaga, doña Consuelo Fuentes García, en nombre de S.M. el Rey, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio Verbal Desahucio-Precario núm. 295/18, seguidos a instancia del Procurador de los Tribunales don Alfredo Gross Leiva, en nombre y representación de la entidad Banco Popular, asistido del Letrado doña Amalia González Santacruz, contra ignorados ocupantes del inmueble sito en Málaga, C/ Guadiato, 2, planta 12, puerta B, versando el juicio sobre acción de precario.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales, don Alfredo Gross Leiva, en nombre y representación de la entidad Banco Popular, asistido del Letrado doña Amalia González Santacruz, contra ignorados ocupantes del inmueble sito en Málaga, C/ Guadiato, 2, planta 12, puerta B, debo declarar y declaro el desahucio por precario de cualesquiera ocupantes que se encuentren en la citada finca, condenando a los mismos dejar de manera inmediata libre y expedita la mencionada finca, con apercibimiento de lanzamiento y con condena en costas.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (art. 455 de la LECn).

El recurso se interpondrá ante este Tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (art. 458 1 y 2 de la LECn).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4154, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de ignorados ocupantes inmueble calle Guadiato, 2, planta 12, pta. B, Málaga, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, a once de octubre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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