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NIG: 2104142C20170004800.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 760/2017. Negociado: AG.
Sobre: J. Verbal.
De: Comunidad de Propietarios calle Rico 32.
Procuradora: Sra. Remedios Manzano Gómez.
Contra: Doña Milagros Maestre Adame.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 760/2017 seguido a instancia de Comunidad de Propietarios calle Rico 32 frente a Milagros Maestre Adame se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal del encabezamiento y del fallo es el siguiente:
Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Huelva.
En Nombre de S.M. el Rey.
En Huelva, a veintiocho de mayo de dos mil dieciocho.
La Ilma. Sra. doña Isabel María Alastruey Ruiz, Magistrada-Juez de Primera Instancia nùmero Tres de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 140
Vistos los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado al número 760/17 a instancia de Comunidad de Propietarios edificio Andalucía calle Rico 32, de Huelva, representada por la Procuradora Sra. Manzano Gómez, contra Milagros Mestre Adame, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda formulada a instancia de Comunidad de Propietarios edificio Andalucía calle Rico 32, de Huelva, representada por la Procuradora Sra. Manzano Gómez, contra Milagros Mestre Adame y, en consecuencia, condenar a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de 960 euros e interés legal desde la reclamación judicial incrementada en dos puntos desde sentencia.
Se condena a la demandada al pago de las costas causadas en la instancia.
La presente resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicha demandada, Milagros Maestre Adame, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
En Huelva, a once de junio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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