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NIG: 1101242M20120000783.
Procedimiento: Pz Inc concursal oposic calificación (art. 171) 998.06/2012. Negociado: 6.
Sobre: Calificación.
De: Administración Concursal, Ministerio Fiscal, Pedro Luis Hoz Laburu, Ignacio Félix Hoz Larburu, Natividad Villate García y Luis Hoz Talledo.
Procuradora: Sra. María José Abollado Alonso.
Contra: Igniss Innovaciones, S.L. y Zoilo Pazos Jiménez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
SENTENCIA NÚM 460/17
En Cádiz, a 31 de julio de 2017.
FALLO
- Declaro culpable el concurso de la entidad Igniss Innovaciones, S.L.
- Declaro como persona afectada por la calificación culpable del concurso a don Zoilo Pazos Jiménez.
- Condeno a don Zoilo Pazos Jiménez a la pena de 8 años de inhabillitación para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar cualquier persona jurídica durante el mismo periodo.
- Condeno a don Zoilo Pazos Jiménez a la pérdida de cualquier derecho que pudiese tener como acreedor concursal o de la masa.
Se imponen las costas de este incidente a la parte demandada.
Notifíquese a las partes la presente resolución.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que será resuelto por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Cádiz.
Así lo acuerda, manda y firma, Ana Marín Herrero, Magistrada del Juzgado Mercantil número Uno de Cádiz. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la concursada Igniss Innovaciones, S.L., extiendo y firmo la presente en Cádiz, a seis de noviembre de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administracion de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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