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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación, significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.
- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del Expte.
- Propuesta de resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.
- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- Imposición de multa coercitiva: Un mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
1. Expte. CA/2018/312/AGMA/ENP. Juan José Ríos Gil. Tarifa (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Construcción de una edificación de 72 metros cuadrados (9 metros de longitud por 8 metros de ancho), encontrándose actualmente con el alzado de muros y cubierta del techo. Dicha construcción se ubica en enclavado no reconocido en el plano de deslinde del Monte de Utilidad Pública Puertollano, y en Zona C del Parque Natural de los Alcornocales, actuación ejecutada sin autorización. En el paraje conocido como Puertollano, en el Espacio Protegido (Los Alcornocales), sito en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 26.1.i) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Grave y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.b) del mismo texto legal. Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 76.8 de la Ley Forestal de Andalucía. Calificada como Grave y sancionable según Artº 76.8 y 86.b) del mismo texto legal. Resolución: Imponer a a Juan José Ríos Gil como responsable de la/s infracción/es descrita/s, cuya comisión se considera suficientemente probadas: 1. Sanción de Multa Pecuniaria por importe de 3.000 Euros. 2, Otras Obligaciones no Pecuniarias:Demolición de lo ilícitamente construido.
2. Expte. CA/2018/324/OF/PA. José Galán Arellano. Jerez de la Frontera (Cádiz). Propuesta de Resolución. Existencia de una fosa para el arrojo de vertido de aguas residuales procedente de Venta-Restaurante, sin autorización. El propietario no presenta autorización de vertidos ni presenta facturas de vaciado de la fosa. En el paraje conocido como Venta El Cartujano, sito en el T.M. de Jerez de la Frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 106.n) de la Ley de Aguas de Andalucía, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 106.1.n) del mismo texto legal. Propuesta: Imponer a José Galán Arellano, como responsable de la/s infracción/es descrita/s cuya comisión se considera suficientemente probadas: 1. Sanción de multa pecuniaria por importe de 9.000 Euros. 2. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Regularizar los vertidos que genera mediante la oportuna autorización y atenerse a los términos establecidos en la misma.
3. Expte. CA/2018/794/AGMA/PA. Mejillones Mar del Sur S.L. . Algeciras (Cádiz). Propuesta de Resolución. Abandono de residuos: dos bateas mejilloneras y sus residuos en el Parque Natural. En el paraje conocido como Playa de la Aguadilla, en el Espacio Protegido (Parque Natural del Estrecho), sito en el T.M. de Algeciras (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el Artº 147.1.d) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, siendo calificable como Grave y sancionable según Artº 147.1.d) y 147.2 del mismo texto legal. Propuesta: Imponer a la entidad Mejillones Mar del Sur S.L., como responsable de la/s infracción/es descrita/s cuya comisión se considera suficientemente probadas: 1. Sanción de multa pecuniaria por importe de 300 Euros. 2. Otras Obligaciones no Pecuniarias: obligación de adoptar las medidas oportunas para la restauración de medio natural, quedando obligado a la retirada de los residuos que aun quedan sumergidos y su entrega a gestor autorizado, en el plazo más breve posible, todo lo cual deberá acreditarse suficientemente con arreglo a la normativa aplicable.
4. Expte. CA/2018/809/GC/INC. Francisco José Román Pinteño. Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Estacionamiento de vehículo a motor 8542KHH en zona de influencia forestal. En el paraje conocido como Carril Puente de los Palominos Bocaleones (Zona de Influencia Forestal), sito en el término municipal de Zahara (Cádiz). Los hechos declarados probados constituyen Infracción Administrativa expresamente tipificada por el Artº 64.3 de la Ley de Prevención de Incendios Forestales, siendo calificable como Leve y sancionable según Artº 68 y 73.1.A) del mismo texto legal. Resolución: Imponer a Francisco José Román Pinteño, como responsable de la/s infracción/es descrita/s, cuya comisión se considera suficientemente probadas: Sanción de multa pecuniaria por importe de 100 Euros.
5. Expte. CA/2018/840/AGMA/CAZ. Luis López de Carrizosa Domecq. Jerez de la Frontera (Cádiz). Acuerdo de Apertura de Periodo de Prueba. Localización en el interior del Coto Privado de Caza Salto al Cielo (matricula CA-10.015) de 4 lazos de cable de acero activos en linde de Finca Salto al Cielo con la Finca Rancho Cortesano (lazos enganchados y anudados por el interior de la Finca Salto al Cielo). Coordenadas UTM de los lazos de cable de acero (con trozo de alambre para darles rigidez) y de ancho de lazo tipo de pequeños depredadores (zorros/meloncillos) situados en zonas de Pasos de fauna. Lazo nº 1. 30s 231818/4060971, Lazo nº 2 y 3. 30s 231789/4061-031’, Lazo nº 4. 29s ‘768101/4061030. En el paraje conocido como Finca Salto al Cielo, en el Coto Cinegético (Salto al Cielo) con matrícula 10015, sito en T.M. de Jerez de la Frontera (Cádiz). Acuerdo: Abrir un periodo para la práctica de las siguientes pruebas: Tener por incorporada la documentación que acompaña a su escrito de descargo. Informe de los Agente de la Autoridad denunciante a las alegaciones y extremos interesados; ratificación o no en los hechos denunciados.
6. Expte. CA/2018/1006/GC/ENP. David Vega Borrego. Tarifa (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Practicar la pesca marítima de recreo desde costa en lugar prohibido, zona de reserva marítima y de plataforma de abrasión el al Isla de las Palomas, en Espacio Natural Protegido. En el paraje conocido como Isla de las Palomas, en el Espacio Protegido (del Estrecho), sito en el término municipal de Tarifa (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: Infracción tipificada como tal por el Artº 26.1.i) de la Ley 2/89 de Inventario de E.N.P. de Andalucía. Calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.i) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 150 Euros.
7. Expte. CA/2018/1108/GC/VP. Francisco de Paula Pan González. Arcos de la Frontera (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Ocupación del Dominio Público Pecuario mediante vallado perimetral de unos 500 m2, donde posee árboles frutales y hortalizas así como la construcción de un refugio con materiales de obra (bloque de hormigón y chapa de aluminio) de unos 40 m2. En el paraje conocido como Colada de la Pedrosa, Concejo y Cañuelo (Hoyo Bollero), sito en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: Infracción tipificada como tal por el Artº 21.2.b) de la Ley de Vías Pecuarias. Calificada como Muy Grave y sancionable según Artº 21.2.b) y 22.1.c) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 30.050,61 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Restitución del Dominio Público Pecuario que debe quedar libre y expedito.
8. Expte. CA/2018/1253/GC/CAZ. Francisco Manuel Sevillano Corchado. Puerto Real (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Portar medios de captura prohibidos (un hurón y 8 redes) sin autorización, y 2 conejos muertos. En el paraje conocido como CA-3113, km 0, sito en el término municipal de Puerto Real (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: El 1º Infracción tipificada como tal por el Artº 74.10 de la Ley de Flora y Fauna Silvestre. Calificada como Grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. El 2º Infracción tipificada como tal por el Artº 76.14 de la Ley de Flora y Fauna Silvestre. Calificada como Leve y sancionable según Artº 76.14 y 82.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 4.000 Euros. Indemnización: 79 Euros. Otras obligaciones no pecuniarias: Puede llevar consigo la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes a cinco años.
Cádiz, 22 de noviembre de 2018.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
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