Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 01/02/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 12 de enero de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 351/2014.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 351/2014. Negociado: 4I.

NIG: 4109144S20140003740.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Abogado: Pilar Jiménez Navarro.

Contra: Suceava Construcciones, S.L., y Fogasa.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 351/2014, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Suceava Construcciones, S.L., y Fogasa sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Suceava Construcciones, S.L., debo condenar y condeno a dicha empresa demandada al abono en favor de la entidad actora de la suma de 164,33 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Suceava Construcciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a doce de enero de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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