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De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 30 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley citada, así como en el artículo 123 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, he resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas en el año 2017 con cargo al Programa de la Iniciativa de Bono de Empleo Joven.
Normativa reguladora:
Ley 2/2015, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo (BOJA núm. 6, de 12 de enero de 2016).
Partidas presupuestarias: 1439160000 G/32L/47201/04 D2524103N3.
1439160000 G/32L/48201/04 D2524103N3.
Finalidad: Fomentar la obtención de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas jóvenes andaluzas.
AYUDAS DEL BONO DE EMPLEO JOVEN
Almería, 19 de enero de 2018.- El Director, Miguel Ángel Tortosa López.
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