Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 30/11/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Orden de 23 de noviembre de 2018, por la que se dispone el nombramiento de la Presidencia, Vicepresidencia, Vocalías y Secretaría del Comité de Bioética de Andalucía.

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El Decreto 439/2010, de 14 de diciembre, por el que se regulan los órganos de ética asistencial y de la investigación biomédica en Andalucía, creó el Comité de Bioética de Andalucía como máximo órgano colegiado, de participación, consulta y asesoramiento en materia de ética asistencial y de la investigación biomédica, adscrito a la Consejería competente en materia de Salud, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Mediante Orden de 16 de mayo de 2013, de la entonces Consejería de Salud y Bienestar Social, se dispuso el nombramiento por cuatro años de las Vocalías y la Secretaría del Comité de Bioética de Andalucía, ya que, según la composición establecida por el artículo 5 del Decreto 439/2010, de 14 de diciembre, la Presidencia, la Vicepresidencia primera y la Vicepresidencia segunda correspondían, a las personas titulares de la Consejería competente en materia de Salud, Viceconsejería competente en materia de Salud y órgano directivo competente en materia de coordinación de políticas de calidad e investigación sanitaria, respectivamente.

Posteriormente y con la finalidad de reducir las personas representantes de carácter institucional, incrementar las de perfil profesional relacionado con la bioética e incluir las causas de cese de sus miembros, se modificó la composición del Comité de Bioética de Andalucía, mediante la Disposición final primera del Decreto 201/2017, de 19 de diciembre, por el que se crea el Registro Voluntario de Personas Interesadas en Participar en Ensayos Clínicos en Andalucía «ReVECA».

En su nueva redacción, el citado artículo 5 del Decreto 439/2010, de 14 de diciembre, establece en su apartado 1 que el Comité de Bioética de Andalucía estará integrado por una Presidencia, una Vicepresidencia y vocalías en número no superior a diecinueve, designados y nombrados todos ellos por la persona titular de la Consejería competente en materia de salud. La Presidencia y la Vicepresidencia serán designadas y nombradas entre personas de reconocido prestigio en el campo de la bioética, y las vocalías entre personas de reconocido prestigio profesional y científico relacionadas con la bioética, las ciencias de la salud, la investigación biomédica, el derecho y las ciencias sociales, con excepción de la vocalía que corresponde a la persona titular de la Dirección General competente en materia de investigación en salud de la Consejería competente en materia de salud.

El citado artículo 5 dispone que los miembros del Comité, a excepción de la vocalía correspondiente a la persona titular de la Dirección General competente en materia de investigación en salud, deberán disponer de titulación universitaria oficial en ciencias de la salud, humanidades o ciencias jurídicas y sociales. En todo caso se garantizará que el Comité cuente, al menos, con un miembro por cada una de estas titulaciones y que, al menos, doce de sus miembros tengan formación en bioética y que en su composición exista una representación equilibrada de hombres y mujeres, de acuerdo con lo previsto en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

El nombramiento de las personas designadas para ser miembro del Comité de Bioética de Andalucía será por cuatro años, de conformidad con el apartado 4 del citado artículo 5.

Así mismo, se dispone, en el apartado 3 de dicho artículo 5, que la persona que ocupe la Secretaría del Comité será nombrada por la persona titular de la Consejería competente en materia de Salud entre el personal funcionario de la misma con rango orgánico mínimo de Jefatura de Servicio.

En su virtud, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 439/2010, de 14 de diciembre,

DISPONGO

Primero. Designar Presidente del Comité de Bioética de Andalucía a don Ángel Salvatierra Velázquez.

Segundo. Designar Vicepresidenta del Comité de Bioética de Andalucía a doña Leonor Ruiz Sicilia.

Tercero. Designar vocales del Comité de Bioética de Andalucía a las personas que a continuación se indican:

- Don Demetrio Mariano Aguayo Canela.

- Doña Eloísa Bayo Lozano.

- Don Guillermo Antiñolo Gil.

- Don Rafael Cia Ramos.

- Doña Flor de Torres Porras.

- Don Ángel Estella García.

- Don Francisco José Alarcos Martínez.

- Don Francisco Oliva Blázquez.

- Doña María Luisa Pérez Pérez.

- Don Miguel Melguizo Jiménez.

- Doña Inmaculada Asensio Fernández.

- Don David Rodríguez-Arias Vailhen.

- Doña Josefa Aguayo Maldonado.

- Doña Ángela María Ortega Galán.

- Don Francisco Herrera Triguero.

- Doña Irene Blázquez Rodríguez.

- Don José Juan Jiménez Moleón.

- Doña María Teresa Molina López.

Cuarto. Nombrar Secretaria del Comité de Bioética de Andalucía a doña Reyes Sanz Amores, Jefa de Servicio de Calidad y Procesos de la Consejería de Salud.

Quinto. La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de noviembre de 2018

MARINA ÁLVAREZ BENITO
Consejera de Salud
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