Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 03/12/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública

Decreto 216/2018, de 27 de noviembre, por el que se acepta la transmisión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, por el Ayuntamiento de Baena (Córdoba), a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del inmueble, sito en C/ Mesones, núm. 2, de dicha localidad, donde se ubica la Oficina Comarcal Agraria, y se adscribe a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

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Por el Pleno del Ayuntamiento de Baena (Córdoba), se ha acordado la cesión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía del inmueble sito en C/ Mesones, núm. 2, de dicha localidad, donde se ubica la Oficina Comarcal Agraria.

Por la Consejería competente en materia de agricultura se considera de interés la aceptación de la cesión de la titularidad, mediante mutación demanial subjetiva, del citado inmueble con destino a Oficina Comarcal Agraria.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 27 de noviembre de 2018,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, acordada por el Ayuntamiento de Baena (Córdoba), del inmueble sito en C/ Mesones, núm. 2, de dicha localidad, donde se ubica la Oficina Comarcal Agraria.

Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Baena (Córdoba), al tomo 328, libro 231, folio 124, con el número de finca 6.164.

Referencia catastral: 2941224UG8624S0001JG.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la transmisión de la propiedad se formalizará mediante convenio administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, con destino a Oficina Comarcal Agraria.

Cuarto. Por la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.

Sevilla, 27 de noviembre de 2018

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
ANTONIO RAMÍREZ DE ARELLANO LÓPEZ
Consejero de Economía, Hacienda 
y Administración Pública
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