Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 235 de 05/12/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 28 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Cajagranada.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Cajagranada, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 9 de julio de 2018 tiene entrada en el Registro Auxiliar de la Delegación de Gobierno en Granada de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática escrito de la Fundación Cajagranada, por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria acordada por su Patronato en reunión celebrada el día 23 de abril de 2015.

Segundo. Al expediente se aporta escritura pública -y copia simple- de fecha de 15 de junio de 2018, otorgada ante el Notario don Luis María de la Higuera González bajo el número 828 de su protocolo, de elevación a público del acuerdo de modificación de los estatutos de la Fundación Cajagranada.

Tercero. Con fecha de 30 de octubre de 2015 se emitió Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se acuerda autorizar la modificación de los estatutos, como protectorado de las fundaciones que gestionan la obra social de las cajas de ahorro con domicilio social en Andalucía, Orden que consta incorporada a la escritura notarial citada.

Cuarto. Según la mencionada Orden, se acuerda «Autorizar las modificaciones de los estatutos de Fundación de Caja de Granada que se relacionan a continuación:

- Nueva redacción de los artículos 1, 2, 5, 6, 11, 13, 15, 18, 22, 24, 27, 28 y 29.

- Supresión del artículo 30.

- Remuneración de los artículos 31 a 34, que pasan a ser los artículos 30 a 33, modificándose la redacción de los artículos 30 y 33.

Los preceptos citados tendrán la redacción que figura en el texto refundido de los estatutos que se anexa a esta Orden».

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 46.a) del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, sobre funciones del Protectorado en relación con la modificación de estatutos acordada por el Patronato de la Fundación, se informa favorablemente, con fecha 30 de octubre de 2015, por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, como Protectorado de las Fundaciones que gestionan la obra social de las Cajas de Ahorros con domicilio en Andalucía.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el artículo 37 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 10.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de estatutos de la Fundación Cajagranada, formalizada en escritura pública de 15 de junio de 2018, otorgada ante el Notario don Luis María de la Higuera González bajo el número 828 de su protocolo, quedando mediante dicho testimonio notarial incorporados los nuevos estatutos a la escritura pública reseñada.

Que con fecha de 30 de octubre de 2015 se emitió Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se acuerda autorizar la modificación de los estatutos, como Protectorado de las fundaciones que gestionan la obra social de las Cajas de Ahorro con domicilio social en Andalucía, Orden que consta incorporada a la escritura notarial citada.

Segundo. Notificar la presente resolución a la Fundación, dar traslado de la misma a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la Consejera de Justicia e Interior.

Sevilla, 28 de septiembre de 2018.- El Director General, Francisco Muñoz Aguilera.

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