Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 10/12/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 27 de noviembre de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 880/2018.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 880/2018.

Negociado: 06.

NIG: 2906744420180011303.

De: Don Bouchaib Taif.

Contra: Sotofrías, S.L.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 880/2018 a instancia de la parte actora don Bouchaib Taif contra Sotofrías, S.L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 452/2018

En Málaga, a veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 880/2018, seguidos a instancia de don Bouchaib Taif, asistido por Letrado Sr. Ramírez Montes, frente a la entidad Sotofrías, S.L., que no comparece, sobre despido y reclamación de cantidad.

F A L L O

1.º Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Bouchaib Taif, frente a la entidad Sotofrías, S.L., sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración; y, a su vez, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de la presente sentencia, debiendo condenar y condenando a la empresa demandada a que indemnice al demandante en la cantidad de a 5.022,88 euros y a que abone a la parte actora la cantidad de 162,36 euros en concepto de salarios de tramitación, una vez descontado el periodo trabajado para otra empresa.

2.º Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Bouchaib Taif, frente a la entidad Sotofrías, S.L., sobre reclamación de cantidad debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar al actor la cantidad de 3.405,98 euros, más los intereses moratorios sobre los salarios devengados.

Notifíquese esta resolución a las partes y a Fogasa, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado –o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe–. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300.00 € en la cuenta anterior del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de anunciar el Recurso, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia por ha sido dictada por la Magistrada que la suscribe, en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Sotofrías, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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