Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 11/12/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública

Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se aprueban modelos o formularios normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria para facilitar a las personas obligadas la aportación de los datos e informaciones requeridos o para simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento y por la que se establece la posibilidad de la presentación telemática de los mismos.

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De acuerdo con la disposición final primera del Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, y en relación con el ejercicio de las funciones y competencias de la Agencia, corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, entre otras, la de aprobar los modelos de declaración, autoliquidación y comunicación de datos; de solicitud de devolución; así como los modelos de actas de inspección.

Así mismo, según el apartado h) de la citada disposición, le corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda aprobar cualquier otro modelo normalizado de solicitud u otro medio previsto en la normativa tributaria para facilitar a las personas obligadas la aportación de datos e informaciones requeridos o para simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento.

Mediante Orden de 6 de abril, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se modifica la Orden de 26 de noviembre de 2012, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, añadiéndose un nuevo artículo 38 bis, en el que se dispone que se delega en la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía la competencia atribuida en el apartado h) de la disposición final primera del Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, para la aprobación de modelos o formularios normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria, para facilitar a las personas obligadas la aportación de los datos e informaciones requeridos o para simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento.

Por todo lo anterior, y haciendo uso de las competencias que tengo conferidas,

dispongo

Primero. Aprobación del modelo 263.

Uno. Se aprueba el modelo 263 «Solicitud suspensión automática», que figura como Anexo 1 de esta resolución.

Dos. El presente modelo normalizado de solicitud no tendrá carácter obligatorio para los interesados, siendo igualmente válidas las solicitudes que, ajustándose a los contenidos requeridos por la normativa que regula el procedimiento y que se recogen en el modelo 263 aprobado en la presente resolución, se elaboren por los propios interesados para su presentación.

Tres. Cuando se realice la presentación telemática del modelo, el número de justificante de presentación que se facilitará al interesado será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 263.

Segundo. Aprobación del modelo 270.

Uno. Se aprueba el modelo 270 «Solicitud aplazamiento/fraccionamiento», que figura como Anexo 2 de esta resolución.

Dos. El presente modelo normalizado de solicitud no tendrá carácter obligatorio para los interesados, siendo igualmente válidas las solicitudes que, ajustándose a los contenidos requeridos por la normativa que regula el procedimiento y que se recogen en el modelo 270 aprobado en la presente resolución, se elaboren por los propios interesados para su presentación.

Tres. Cuando se realice la presentación telemática del modelo, el número de justificante de presentación que se facilitará al interesado será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 270.

Tercero. Aprobación del modelo 271.

Uno. Se aprueba el modelo 271 «Solicitud aplazamiento/fraccionamiento < 30.000 €», que figura como Anexo 3 de esta resolución.

Dos. El presente modelo normalizado de solicitud no tendrá carácter obligatorio para los interesados, siendo igualmente válidas las solicitudes que, ajustándose a los contenidos requeridos por la normativa que regula el procedimiento y que se recogen en el modelo 271 aprobado en la presente resolución, se elaboren por los propios interesados para su presentación.

Tres. Cuando se realice la presentación telemática del modelo, el número de justificante de presentación que se facilitará al interesado será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 271.

Cuarto. Aprobación del modelo 659.

Uno. Se aprueba el modelo 659 «Solicitud prórroga sucesiones», que figura como Anexo 4 de esta resolución.

Dos. El presente modelo normalizado de solicitud no tendrá carácter obligatorio para los interesados, siendo igualmente válidas las solicitudes que, ajustándose a los contenidos requeridos por la normativa que regula el procedimiento y que se recogen en el modelo 659 aprobado en la presente resolución, se elaboren por los propios interesados para su presentación.

Tres. Cuando se realice la presentación telemática del modelo, el número de justificante de presentación que se facilitará al interesado será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 659.

Quinto. Aprobación del modelo 264.

Uno. Se aprueba el modelo 264 «Presentación electrónica», que figura como Anexo 5 de esta resolución.

Dos. El presente modelo normalizado de solicitud no tendrá carácter obligatorio para los interesados, siendo igualmente válidas las presentaciones que, ajustándose a los contenidos requeridos por la normativa que regula el procedimiento y que se recogen en el modelo 264 aprobado en la presente resolución, se elaboren por los propios interesados para su presentación.

Tres. Cuando se realice la presentación telemática del modelo, el número de justificante de presentación que se facilitará al interesado será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 264.

Sexto. Presentación por medios electrónicos.

Se acuerda la incorporación de los modelos aprobados mediante la presente resolución al catálogo de documentos susceptibles de presentación a través del Registro Telemático Tributario, regulado en los artículos 2 y 3 de la Orden de 10 de junio de 2005, por la que se regula el Registro Telemático Tributario dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda y las notificaciones, certificados y transmisiones telemáticos en el ámbito de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de diciembre de 2018.- El Director, Manuel Vázquez Martín.

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