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De conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tras un intento infructuoso de notificación personal a los interesados de la resolución de reintegro recaída en expedientes de subvenciones individuales personas con discapacidad, se ha acordado la notificación a través del presente anuncio, que en virtud de la cautela prevista en el art. 46 de la la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se publica en su integridad.
Acto notificado: Resolución de reintegro.
Fecha: 5.11.2018.
Número expediente: (DPJA)742-2017-001293-13.
Interesado/a: Khadjou Mohamed Mohamed Fadel.
Acto notificado: Resolución de reintegro.
Fecha: 5.11.2018.
Número expediente: (DPJA)742-2017-002391-12.
Interesado/a: Trinidad Jiménez Pozuelo.
Asimismo le indico que el importe de la deuda deberá hacerla efectiva de la siguiente manera, las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, y las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente (conforme estipula el artículo 21.1.c) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía), transcurrido el citado plazo sin que conste su pago, se remitirán las actuaciones a la Delegación Territorial de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para que proceda a su cobro por vía de apremio, liquidando a su vez el interés de demora que corresponda (artículo 20.4 del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación).
Jaén, 4 de diciembre de 2018.- La Delegada, M.ª Teresa Vega Valdivia.
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