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El Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (en adelante, Reglamento FEMP), establece en su título V, capítulo III, Desarrollo Sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas que las ayudas contempladas en el mismo, persiguen el desarrollo de la prioridad de la Unión de aumentar el empleo y la cohesión territorial a través de la consecución objetivo específico del fomento del crecimiento económico, la inclusión social, la creación de empleo y el apoyo a la empleabilidad y la movilidad laboral en las comunidades costeras y de interior dependientes de la pesca y la acuicultura, incluyendo la diversificación de las actividades realizadas en el marco de la pesca y respecto de otros sectores de la economía marítima.
Para la consecución del objetivo mencionado, el Reglamento FEMP establece en sus artículos 62 y 63, la concesión de ayudas al desarrollo local participativo en la aplicación de estrategias de desarrollo local participativo.
Sobre la base de este marco regulador, se dictó la Orden de 19 de junio de 2017, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se regula el procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en las zonas pesqueras de Andalucía para el período 2014-2020, de reconocimiento de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero, el régimen de los gastos de funcionamiento y animación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a dichas estrategias (BOJA núm. 119, de 23 de junio de 2017).
Por otro lado, con la presente Orden se publican para su cumplimentación y presentación los Anexos I, II.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones para el año 2018, y en su virtud y en ejercicio de la competencia que me confiere el Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESUELVO
Primero. Convocatoria.
1. Efectuar convocatoria para el año 2018, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las ayudas a proyectos presentados al amparo de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo y que se encuentran reguladas en el Capítulo IV de la Orden de 19 de junio de 2017, por la que se regula el procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en las zonas pesqueras de Andalucía para el período 2014-2020, de reconocimiento de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero, el régimen de los gastos de funcionamiento y animación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a dichas estrategias.
2. Las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, que fueron aprobadas por Resolución de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de 16 de julio de 2017 y publicada su aprobación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 145 de 31 de julio de 2017, se podrán consultar en la siguiente dirección electrónica, http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/areas/pesca-acuicultura/gdp.html, en la sede de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
3. Las estrategias, líneas de ayudas que las integran y sus cuantías totales máximas, son las que se especifican en los cuadros siguientes:
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO PARA LA COSTA DE HUELVA 2014 2020
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero para la Costa Occidental de Huelva
Líneas de ayudas | Cuantías máximas (euros) | ||
Personas o entidades privadas | Entidades públicas | Entidades sin ánimo de lucro | |
Aumento del valor, creación de empleo, atracción de jóvenes y promoción de la innovación | 206.222,91 | 122.712,13 | 20.111,48 |
Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial. Medidas a favor actividades pesqueras y desarrollo acuicultura | 321.223,11 | 40.152,89 | 40.152,89 |
Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial. Medidas de Formación | – | 76.924,48 | 32.967,64 |
Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial. Otras medidas | 25.359,72 | 12.679,86 | 4.226,62 |
Impulso y aprovechamiento del patrimonio medioambiental de las zonas pesqueras y acuícolas | 84.532,40 | 16.906,48 | 4.226,62 |
Fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo. Otras medidas | 42.266,20 | 33.812,96 | 8.453,24 |
Fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo. Promoción de la inclusión social | -- | 67.625,92 | 16.906,48 |
Refuerzo del papel de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales. | 16.906,48 | 50.719,44 | 16.906,48 |
Proyectos propios del grupo | -- | -- | 105.665,50 |
Totales……….. | 696.510,82 | 421.534,16 | 249.616,95 |
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO CNO CÁDIZ 2020 ILUMINANDO EL FUTURO
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Comarca Noroeste de Cádiz
Líneas de ayudas | Cuantías máximas (euros) | ||
Personas o empresas privadas | Entidades públicas | Entidades sin ánimo de lucro | |
Aumento del valor, creación de empleo, atracción de jóvenes y promoción de la innovación. Medidas para la creación de empleo y para la inserción de jóvenes y mujeres al mercado laboral, la modernización, la creación de valor y la competitividad del sector pesquero y acuícola a través de la innovación y el desarrollo tecnológico | 127.378,44 | 63.689,22 | -- |
Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial. Medidas a favor actividades pesqueras y desarrollo acuicultura | 78.210,36 | 106.997,89 | -- |
Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial. Medidas de Formación | 35.665.96 |
-- |
43.002,96 |
Impulso y aprovechamiento del patrimonio medioambiental de las zonas pesqueras y acuícolas | 96.807,61 | -- |
-- |
Fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo. Otras medidas | -- | -- | 36.684,99 |
Fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo. Promoción de la inclusión social | -- |
-- |
95.279,06 |
Refuerzo del papel de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales. |
-- |
50.951,37 | |
Proyectos propios del grupo | -- | -- | 173.889,83 |
Totales……….. | 338.062,37 | 170.687,11 | 399.808,21 |
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO DEL LITORAL CÁDIZ-ESTRECHO
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero del Litoral Cádiz Estrecho
Líneas de ayudas | Cuantías máximas (euros) | ||
Personas o entidades privadas | Entidades públicas | Entidades sin ánimo de lucro | |
Fomento y consolidación de la pesca artesanal y la acuicultura, la transformación y comercialización, promoviendo la incorporación laboral de los jóvenes y mujeres del territorio | 205.000,00 | 30.000,00 | 9.000,00 |
Promocionar y apoyar a la diversificación dentro del sector de la transformación y comercialización de los productos, procesos y mercados de la pesca y la acuicultura | 220.000,00 | -- | 75.000,00 |
Promocionar la formación profesional enfocada al tejido empresarial, emprendedor y educativo | -- | -- | 43.115,38 |
Desarrollar actuaciones para optimizar y fomentar la vinculación de la pesca y la acuicultura con el turismo y la gastronomía | 100.000,00 | -- | 70.000,00 |
Fomento del patrimonio medioambiental, la gestión integrada del medio marino, el patrimonio cultural y el bienestar social del territorio | 250.000,00 | 77.000,00 | 10.000,00 |
Fomento del papel de las comunidades pesqueras del territorio y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales | -- | 24.984,62 | - |
Proyectos propios del grupo | -- | -- | 110.482,07 |
Totales……….. | 775.000,00 | 131.984,62 | 317.597,45 |
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO PARA LA ZONA PESQUERA DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de Málaga
Líneas de ayudas | Cuantías máximas (euros) | ||
Personas o entidades privadas | Entidades públicas | Entidades sin ánimo de lucro | |
Creación y modernización de empresas que favorezcan el incremento de valor para los productos de la pesca y la acuicultura, el empleo, la industria transformadora y la actividad comercial en el sector, el desarrollo tecnológico, la innovación y la eficiencia energética | 510.000,00 | -- | -- |
Aumento del valor, creación de empleo, atracción de jóvenes y promoción de la innovación. Creación y mejoras en infraestructuras y/o equipamientos en zonas portuarias, lonjas y/o instalaciones de cofradías de pescadores | -- | 300.000,00 | -- |
Apoyo a la diversificación dentro y fuera del sector dentro o fuera del sector de la pesca comercial, al aprendizaje permanente y a la creación de empleo en las zonas pesqueras y acuícolas. Medidas a favor de actividades de diversificación de Pesca Artesanal y la Acuicultura | 30.000,00 | -- | -- |
Apoyo a la diversificación dentro y fuera del sector dentro o fuera del sector de la pesca comercial, al aprendizaje permanente y a la creación de empleo en las zonas pesqueras y acuícolas. Apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial que creen o mantengan empleo | 125.000,00 | -- | -- |
d) Fomento del bienestar y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo. Puesta en valor del patrimonio cultural pesquero, acuícola-marino y turístico así como pequeñas infraestructuras y equipamientos para potenciación turística del territorio y la calidad de vida en las zonas costeras | -- | 200.000,00 | -- |
Proyectos propios del grupo | -- | -- | 100.000,00 |
Totales……….. | 665.000,00 | 500.000,00 | 100.000,00 |
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO COSTA GRANADA
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero Costa Granada
Líneas de ayudas | Cuantías máximas (euros) | ||
Personas o entidades privadas | Entidades públicas | Entidades sin ánimo de lucro | |
Innovación y sostenibilidad del sector pesquero y acuícola, promoviendo la incorporación laboral de los jóvenes y mujeres del territorio | 40.000,00 | -- | -- |
Fomento en la modernización de la industria comercializadora de productos pesqueros, promoción y creación de la industria transformadora y apoyo a las mejoras en las infraestructuras portuarias | 306.424,00 | -- | -- |
Formación y capacitación profesional relacionada con la pesca y la acuicultura | -- | 12.227,00 | 7.610,00 |
Capacitación de la población activa de la zona hacia actividades con alto potencial de demanda de empleo en otros sectores, como medio de inserción laboral | -- | 10.000,00 | 2.376,00 |
Promocionar, apoyar y ayudar a la diversificación de la actividad pesquera hacia el turismo, la gastronomía y el sector servicios en general | 15.000,00 | -- | -- |
Actuaciones dirigidas a mitigar la contaminación del medio marino, su protección y recuperación. | -- | 81.844,00 | 8.000,00 |
Ordenación y optimización de la puesta en valor turística del patrimonio cultural marítimo pesquero | 55.000,00 | -- | -- |
Proyectos propios del grupo | -- | -- | 78.014,00 |
Totales……….. | 416.424,00 | 104.071,00 | 96.000,00 |
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO PONIENTE LITORAL
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero del Poniente Almeriense
Líneas de ayudas | Cuantías máximas (euros) | ||
Personas o entidades privadas | Entidades públicas | Entidades sin ánimo de lucro | |
Incorporación de Innovación y mejora de la competitividad | 50.000,00 | -- | -- |
Servicios de apoyo a empresas existentes | -- | 12.500,00 | -- |
Actividades de valorización y creación de marca | -- | 14.500,00 | -- |
Creación de nuevas empresas y empleo sectores relacionados industria transformadora | 75.000,00 | -- | -- |
Servicios de apoyo emprendimiento nuevas empresas | -- | 12.500,00 | -- |
Mejoras infraestructuras equipamientos vinculando mar y turismo | -- | 315.000,00 | -- |
Conservación del medio marino | -- | -- | 30.000,00 |
Patrimonio natural y generación de riqueza | 15.000,00 | -- | -- |
Patrimonio cultural de las zonas pesqueras | -- | -- | 7.000,00 |
Infraestructuras y equipamientos vinculados a bienestar social y empleo | -- | 316.000,00 | -- |
Capacitación participación del tejido asociativo | -- | 10.000,00 | -- |
Promoción del papel de la mujer y de la igualdad | - | 7.500,00 | -- |
Proyectos propios del grupo | -- | -- | 67.500,00 |
Totales……….. | 140.000,00 | 688.000,00 | 104.500,00 |
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO COSTA DE ALMERÍA
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Costa de Almería
Líneas de ayudas | Cuantías máximas (euros) | ||
Personas o entidades privadas | Entidades públicas | Entidades sin ánimo de lucro | |
Mejora del valor añadido del sector pesquero y acuícola vía desarrollo y/o modernización de la cadena de valor pesquera y acuícola | 249.998,94 | -- | 101.009,67 |
Cualificación población activa-potencialemte activa del sector pesquero y acuícola | -- | -- | 30.608,99 |
Apoyo a la diversificación de la actividad de la Zona Pesquera Costa de Almería | 303.029,02 | -- | -- |
Mitigación del cambio climático y el desarrollo de la economía verde | -- | 45.913,49 | -- |
Iniciativas de puesta en valor del patrimonio cultural marítimo pesquero | -- | 214.262,94 | -- |
Mejora del bienestar social de las comunidades pesqueras | - | 45.913,49 | - |
Mejora del capital social empresarial o productivo de la Zona Pesquera Costa de Almería | -- | -- | 91.826,98 |
Mejora del capital social no empresarial o no productivo de la Zona Pesquera Costa de Almería | -- | -- | 61.217,99 |
Proyectos propios del grupo | -- | -- | 80.000,00 |
Totales……….. | 553.027,96 | 306.089,92 | 364.663,63 |
A efectos de aplicación de las anteriores estrategias se convocan las siguientes líneas de ayudas:
a) Para aquellas entidades beneficiarias que reúnan las características descritas en el artículo 24.4 de la Orden de 19 de junio de 2017 a las que le es aplicable régimen de ayudas de mínimis establecido en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.
Tipo de beneficiario | Anualidad | Partida presupuestaria | Total euros |
Empresas privadas | 2018 | 1900120000G/71P/77300/00 G1840412G6 2018000116 | 893.168 € |
b) Para el resto de las personas o entidades beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria, a las que les es aplicable el régimen de ayudas establecidas en el Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014.
Tipo de beneficiario | Anualidad | Partida presupuestaria | Total euros |
Empresas privadas | 2018 | 1900120000G/71P/77300/00 G1840412G6 2018000116 | 2.679.504 € |
Entidades públicas | 2018 | 1900120000G/71P/74300/00 G1840412G6 2018000115 | 2.313.200 € |
Entidades sin ánimo de lucro | 2018 | 1900120000G/71P/78300/00 G1840412G6 2016000391 | 1.882.848 € |
A su vez, dentro de cada Estrategia de Desarrollo Local Participativo, las distintas líneas de ayudas tienen carácter de vinculante, por lo que en el caso de que una de ellas agotara el crédito, podría ser compensada por otra.
4. Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
La declaración del aumento del crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente convocatoria y por el mismo medio de ésta, sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente.
No obstante lo anterior, en el caso de que se produzca tras dictar la resolución de concesión un eventual aumento de crédito máximo disponible para ésta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución complementaria a la concesión de la subvención, incorporando en esta resolución complementaria a los solicitantes que cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de persona o entidad beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de ayuda se presentarán ajustándose al formulario conforme al modelo establecido en el Anexo I de esta Orden.
2. El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de dos meses a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El formulario de la solicitud de concesión de esta ayudas, así como el restos de los formularios que se adjuntan a la presente Orden, se podrán obtener en la siguiente dirección electrónica, http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/areas/pesca-acuicultura/gdp.html, en la sede de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y en las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
Tercero. Trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación.
A efectos del trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación previsto en el artículo 43 de la Orden de 19 de junio de 2017, la persona o entidad solicitante deberá cumplimentar el modelo que figura como Anexo II, que se publica con la presente Orden.
Cuarto. Resolución.
La persona titular de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural competente por razón del territorio, por delegación de la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, resolverá y publicará la resolución en un plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, de acuerdo con el artículo 46.3 de la Orden de 19 de junio de 2017.
Quinto. Prevención del fraude.
En cumplimiento de las recomendaciones de la Oficina Nacional de Coordinación Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública establecidas en su Comunicación 1/2017, de 6 de abril, que se encuentra accesible en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea en el marco de la presente convocatoria podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del canal habilitado por dicho servicio en la dirección web «http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx».
Sexto. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sevilla, 24 de enero de 2018
RODRIGO SÁNCHEZ HARO | |
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural |