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Por haber resultado desconocidas las personas que se relacionan en el domicilio indicado en la solicitud, o ignorándose el lugar de la notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiera podido practicar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 21 del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía, se procede a hacer pública la resolución dictada por esta Comisión Provincial en los expedientes instruidos en orden al reconocimiento del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita.
El expediente completo se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaría de la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita, sita en C/ Canónigo Molina Alonso, núm. 8, planta 2.ª, de Almería, a efectos de su conocimiento y ejercicio de los derechos que le asisten.
De conformidad con lo previsto en el art. 20 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, la resolución recaída podrá ser impugnada, por escrito y motivadamente, en el plazo de 10 días siguientes a partir de la fecha de publicación de este anuncio, ante el Secretario de esta Comisión, que remitirá el expediente al Órgano Jurisdiccional competente en la causa principal, o Juez Decano, en su caso, a fin de que se resuelva lo que proceda.
Almería, 6 de noviembre de 2018.- El Delegado del Gobierno, José María Martín Fernández.
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