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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 973/2017. Negociado: 1I.
NIG: 4109144S20170010510.
De: Doña María Nieves Jaime Fraile.
Abogado: Salvador Delis Rodríguez.
Contra: Asociación de Acción Social Covadonga, Fogasa y María Arráez Lorenzo.
EDICTO
Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 973/2017 a instancia de la parte actora doña María Nieves Jaime Fraile contra Asociación de Acción Social Covadonga y María Arráez Lorenzo sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado resolucion de fecha del tenor literal siguiente:
DECRETO
La Letrada de la Administración de Justicia, doña Araceli Gómez Blanco.
En Sevilla, a treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Doña María Nieves Jaime Freile presentó demanda de despido y reclamación de cantidad frente a Asociación de Acción Social Covadonga.
Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 973/17.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS procede su admisión a trámite y su señalamiento por la Letrada de la Administración de Justicia.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
DIspongo:
- Admitir la demanda presentada.
- Se señala el próximo día 15 de enero de 2019 a las 10:50 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas nº 10 de este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga de Sevilla.
- Cítar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado sito en la 5.ª planta de este mismo edificio a las 10:30 horas, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante la Letrada de la Administración de Justicia, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011, de RJS.
- La Letrada de la Administración de Justicia no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS.
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la Letrada de la Administración de Justicia en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
Respecto a la prueba solicitada dése cuenta a S.S.ª para que resuelva lo procedente. Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 de la LEC.
- Cítese al Fondo de Garantia Salarial con traslado de copia de la presente demanda y documentos adjuntos.
- Se requiere a la actora a fin de que aporte original sellado y firmado del acta de conciliación,dentro de los cuatro días siguientes a su celebración.
- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado/graduado social.
- Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
La Letrada de la Administracion de Justicia.
Y para que sirva de notificación a la demandada María Arráez Lorenzo actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a diez de diciembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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