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De conformidad con lo previsto en los artículos 67.3 de la Ley 22/88, de 22 de julio, de Costas y 152.8 del R.D. 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, en virtud de la competencia atribuida por Real Decreto 62/2011, de 21 de enero, se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral, el Decreto 66/2011, de 29 de marzo, por el que se asignan funciones, medios y servicios traspasados por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral, y la Resolución de 24 de junio de 2014, de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, se delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente la competencia en materia del otorgamiento de concesiones en el dominio público marítimo terrestre, cuando están referidas a establecimientos expendedores de comidas y bebidas, así como en el artículo 83.v) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e)vi de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un periodo de información pública, en el seno del procedimiento administrativo relativo al expediente AUT02/17/CA/0002-MS, con la denominación: Instalación expendedora, tipo quiosco, al servicio de la Playa de Regla, t.m. de Chipiona.
Promovido por: Elena Regla Pimentel Delgado.
En el procedimiento: Modificación Sustancial de Autorización para la ocupación de bienes del dominio público marítimo-terrestre. Que se concreta en los siguientes documentos que se exponen al público:
- Memoria justificativa y proyecto básico para la ocupación de bienes del dpm-t mediante instalación expendedora, tipo quiosco, al servicio de la Playa de Regla, T.M. de Chipiona.
- Estudio Económico-Financiero.
Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente acuerdo, a fin de que durante el plazo de 20 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Tercero. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a través de la url www.juntadeandalucia.es/medioambiente/informacionpublica, así como en las dependencias administrativas sitas en Plaza Asdrúbal, 6, Edif. Junta de Andalucía, Cádiz, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes salvo días festivos.
Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cádiz, 6 de noviembre de 2018.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
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