Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 20/12/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de junio de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante de autos núm. 696/2017. (PP. 3113/2018).

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NIG: 0401342C20170005219.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 696/2017. Negociado: T7.

Sobre: Dimana de Monitorio 1461/16.

De: Banco Popular Español, S.A.

Procurador: Sr. José Luis Soler Meca.

Letrado: Sr. Rafael Moreno Mas.

Contra: Mys 2002, S.L., Rosa María Muñoz Serrano y Aurora Muñoz Serrano.

Procurador: Sr. David Barón Carrillo.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 696/2017, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, a instancia de Banco Popular Español, S.A., contra Mys 2002, S.L., Rosa María Muñoz Serrano y Aurora Muñoz Serrano dimanante de Monitorio 1461/16, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 92/2018

En Almería, a quince de mayo de dos mil dieciocho.

La Sra. doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 696/2017 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Banco Popular Español, S.A., con Procurador don José Luis Soler Meca y Letrado don Rafael Moreno Mas; y de otra como demandado doña Rosa María Muñoz Serrano y Aurora Muñoz Serrano con Procurador don David Barón Carrillo y Letrado don Francisco de Asís Rodríguez y la entidad Mys 2002, S.L., en rebeldía procesal; sobre Dimana de Monitorio 1461/16, sobre reclamación de cantidad y en base a los siguientes

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda presentada por Banco Popular Español, S.A., con Procurador don José Luis Soler Meca frente a doña Rosa María Muñoz Serrano y Aurora Muñoz Serrano y la entidad Mys 2002, S.L., debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a pagar a la parte actora la cantidad de 291.867,06 euros, más intereses procesales y sin imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Almería.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Mys 2002 S.L., extiendo y firmo la presente en Almería, a dieciocho de junio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»

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