Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00147867.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e intentada sin efecto la notificación personal en el domicilio que consta en dicho expediente, por el presente anuncio se notifica a las personas interesadas que figuran en el anexo adjunto el acto administrativo que se indica.
El texto íntegro del mencionado acto se encuentra a disposición de las personas interesadas, en el lugar que se indica en el anexo, en donde podrán comparecer en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se le dará por notificado en el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Sevilla, 12 de diciembre de 2018.- El Director General, P.S., el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Rafael Peral Sorroche.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.»
ANEXO
Procedimiento: Sistema de controles para la verificación del cumplimiento de los requisitos y normas de la condicionalidad.
Extracto del acto notificado: Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, relativa a los requisitos y normas de la condicionalidad en relación con las ayudas directas al sector vitivinícola (reestructuración y reconversión, y arranque del viñedo), y determinadas ayudas al desarrollo rural, supeditadas al cumplimiento de la condicionalidad.
Recursos: Contra dicho acto, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación del acto.
Acceso al texto íntegro: En las Oficinas Comarcales Agrarias, Delegación Territorial de su provincia, en los Servicios Centrales de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (sita en C/ Tabladilla, s/n, Sevilla).
Campaña | Expediente | NIF |
2017 | 2002177 | 31626504D |
2017 | 2007682 | 48857560V |
2017 | 3001469 | 30428738Z |
2017 | 3018301 | 30439686Z |
2017 | 3041565 | 30211303K |
2017 | 4032770 | 23764124H |
2017 | 6041232 | 42973158G |
2017 | 6058705 | 24308987B |
2017 | 7017680 | 24754711H |
2017 | 7019284 | B92807130 |
2017 | 8027055 | 28124532V |