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El Comité Ejecutivo, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2018, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero. Autorizar la revisión de las tarifas máximas de aplicación a la Estación de Autobuses Plaza de Armas de Sevilla para el año 2019 y aprobar el cuadro que a continuación se inserta, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con la advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA sin que puedan ser incrementadas con ningún otro gravamen:
TARIFAS MÁXIMAS (€) 2019 | |
1. Por entrada o salida de autobús con viajeros, al finalizar o iniciar un viaje | |
1.1. De servicios regulares permanentes de uso general | |
1.1.1. Con recorrido de 0 a 30 Km. | 0,2435 |
1.1.2. Con recorrido de 30 a 160 Km. | 0,6087 |
1.1.3. Con recorrido superior a 160 Km. | 2,0595 |
1.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior | |
1.2.1. Cualquier recorrido | 10,1027 |
2. Por utilización de los viajeros de los servicios generales de la Estación con cargo a aquellos que salen o rinden viaje en la misma | |
2.1. De servicios regulares permanentes de uso general | |
2.1.1. Con recorrido de 0 a 30 Km. | 0,0305 |
2.1.2. Con recorrido de 30 a 160 Km. | 0,1116 |
2.1.3. Con recorrido superior a 160 Km. | 0,3246 |
2.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior | |
2.2.1. Cualquier recorrido | 0,0387 |
3. Por utilización de los servicios de consigna | |
3.1. Bulto hasta 50 Kg. | 0,274 |
3.2. Bulto mayor a 50 Kg. | 0,3957 |
3.3. Por cada día de demora | 0,7362 |
4. Facturación de equipajes (sin incluir el precio del transporte ni seguros de la mercancía) | |
4.1. Por cada 10 Kg. o fracción de peso en equipajes y encargos | 0,3957 |
4.2. Mínimo de percepción | 1,8598 |
5. Por alquiler de la zona de taquillas | |
5.1. Por cada módulo de taquilla | 293,1044 |
6. Servicio de aparcamiento de autobuses | |
6.1. Aparcamiento entre 8:00 y 22:00 | 2,4044 |
6.2. Aparcamiento entre 22:00 y 8:00 | 9,3842 |
6.3. Aparcamiento no regular | 10,2383 |
Segundo. Las tarifas aprobadas, sin IVA, servirán de base para el cálculo de futuras revisiones tarifarias.
Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.
Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses Plaza de Armas de Sevilla entrarán en vigor, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el de la Provincia de Sevilla, el día 1 de enero de 2019.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Administración en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.
Sevilla, 30 de noviembre de 2018.- El Director Gerente, Armando-Fidel Gutiérrez Arispón.
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