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Visto el expediente tramitado para la celebración de una consulta popular de ámbito local, regulada en la Ley 2/2001, de 3 de mayo, de Regulación de las Consultas Populares de Andalucía, sobre la cuestión relativa al cambio de la celebración de la fiesta de la «Huevada» del día 14 de mayo al sábado inmediatamente anterior a la celebración, el día 15 de mayo, de la Romería en Honor a San Isidro Labrador, y visto que es un tema de gran importancia sobre el que interesa tener conocimiento de la opinión de las personas que conforman nuestro Municipio.
Visto el Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en fecha 22 de febrero de 2017, sobre dicho particular y en el que se proponía la formulación de la siguiente pregunta: «Está usted de acuerdo en que la “Huevada” pase a celebrarse el sábado anterior al 15 de mayo», a lo que se habrá de responder con un Sí o un No.
Visto que con fecha 27 de marzo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba la aprobación inicial del acuerdo de admisión a trámite de información pública del mencionado expediente de consulta popular en Villafranca de Córdoba.
Visto que con fecha 13 de marzo de 2017, y conforme a lo establecido en el artículo 8 de la mencionada la Ley 2/2001, de Consultas Populares de Andalucía, se remitió la documentación relativa a la propuesta de consulta popular a la Delegación de Gobierno en Córdoba de la Junta de Andalucía.
Visto que con fecha 27 de abril de 2017, por la Secretaría de este Ayuntamiento se certificó la ausencia de alegaciones durante el trámite de información pública.
Visto que con fecha 22 de mayo de 2017, el Pleno de la Corporación aprobó provisionalmente la convocatoria y celebración de la consulta popular referida y que se remitiera a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía para que, conforme a lo establecido los artículos 10 y 11 de la Ley 2/2001, se solicitara la autorización al Gobierno de la Nación para realizar dicha consulta popular.
Visto que con fecha 28 de septiembre de 2017, y a través de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, se ha recibido la autorización del Consejo de Ministros para la celebración de la consulta popular.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Técnico de Administración Local, y de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 2/2001, de 3 de mayo, de Regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía,
RESUELVO
Primero. Convocar una consulta popular, de ámbito local, cuyos términos exactos serían los siguientes: «Está usted de acuerdo en que la “Huevada” pase a celebrarse el sábado anterior al 15 de mayo» a lo que se habrá de responder con un SÍ o un NO.
Segundo. La consulta popular se llevará a cabo el día 11 de marzo de 2018, desde las 9:00 horas hasta las 20:00 horas.
Tercero. La campaña de información tendrá una duración de 15 días naturales, iniciándose a las 0:00 horas del día 23 de febrero de 2018, hasta las 0:00 horas del día 10 de marzo de 2018.
Cuarto. Las funciones de control y seguimiento del proceso electoral corresponden a la Administración Electoral que se recoge en los artículos 12 y siguientes de la Ley 2/2001, de Regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía.
Quinto. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía entre el día trigésimo y cuadragésimo anterior al día de la votación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en uno de los medios de comunicación de mayor difusión de nuestro ámbito local, y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba.
Sexta. Dar traslado de la presente Resolución al Decanato de los Juzgados de Córdoba, a fin de prever la constitución en plazo y forma de la Junta Electoral de Zona, y poniendo a disposición de la misma los medios personales, materiales y económicos necesarios.
Séptimo. El cuerpo electoral que podrá expresar su opinión en la consulta popular son todos los vecinos que gocen del sufragio activo de las elecciones municipales, referido a la fecha de la presente Resolución de convocatoria.
Octavo. El proceso electoral convocado se regirá por la Ley 2/2001, de 3 de mayo, de Regulación de Consultas Populares de Andalucía, y demás disposiciones vigentes de aplicación.
Noveno. Dar traslado de la presente Resolución a la Junta Electoral de Andalucía, a la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, a la Delegación del Gobierno en Córdoba de la Junta de Andalucía, a la Subdelegación en Córdoba del Gobierno de la Nación, para su conocimiento y efectos oportunos.
Villafranca de Córdoba, 14 de diciembre de 2017.- El Alcalde-Presidente, Francisco Palomares Sánchez.
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