Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 251 de 31/12/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de diciembre de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 790/2018.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00148305.

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 790/2018.

Negociado: 06.

NIG: 2906744420180010202.

De: Doña Cristina Jiménez Pérez.

Contra: Asesoría Energética Adima, S.L.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 790/2018 a instancia de la parte actora, doña Cristina Jiménez Pérez, contra Asesoría Energética Adima, S.L., sobre Despido Objetivo Individual se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA n.º 483/2018

En Málaga, a diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrada del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 1001/2017 a instancia de doña Cristina Jiménez Pérez asistida por Graduado/a Sr/a. Olivares Jurado frente a la entidad Asesoría Energética Admila, S.L., que no comparece, sobre despido.

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por doña Cristina Jiménez Pérez frente a la entidad Asesoría Energética Admila, S.L., sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia de los despidos, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración, y condenando igualmente a la empresa demandada a que, a su opción, readmita al demandante, en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido realizado en fecha 18/07/2017, con abono de salarios de tramitación que equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, o bien les indemnice con la suma de 966,22 euros debiendo advertir por último a la empresa demandada que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la en la cuenta de este Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe, así como constituir otro depósito por importe de 300,00€, presentando el resguardo correspondiente a ambos depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así, por esta, mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido dictada por la Magistrada que la suscribe en el día de su fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Asesoría Energética Adima, S.L. y Administrador don Alfredo Tomas Gamarra, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF