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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
HE RESUELTO
Hacer pública una Resolución de Inadmisión de solicitud, al amparo de la Orden de 21 de julio de 2016, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvención en régimen de concurrencia competitiva para el impulso del Asociacionismo y Promoción Comercial en materia de artesanía, a conceder en favor de empresas, personas físicas o jurídicas (BOJA núm. 144, de 28 de julio), y la Resolución de 22 de agosto de 2016 (BOJA de 31 de agosto), por la que se convoca la subvención para 2017 en la modalidad Modernización y Fomento de la artesanía ARE, haciéndose constar que para conocimiento íntegro del acto y constancia de tal conocimiento podrá comparecer en el Servicio de Comercio, sito en Avda. de Grecia, s/n, Edificio Administrativo, de Sevilla, concediéndose los plazos de contestación y recursos que, respecto del acto notificado, a continuación se indican:
- Resoluciones: Un mes para recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, o directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la circunscripción del órgano que dictó la Resolución.
Línea | Núm. Expte. | N.I.F. | Beneficiario | Población |
ARE17 | 66 | 28787167E | LUIS LARA MORENO | SEVILLA |
Sevilla, 30 de enero de 2018.- El Delegado, Juan Borrego Romero.
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