Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00129493.
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al Procedimiento Abreviado 735/2017, interpuesto por don Juan Francisco Bueso Escobar contra la Resolución de 25 de octubre de 2016, dictada por la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y de Empleo en Almería, que desestima la solicitud de concesión se subvención de la línea 1, fomento del trabajo autónomo, y para que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
RESUELVO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo en el Procedimiento Abreviado 735/2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran. Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Almería, 5 de febrero de 2018.- El Delegado, Miguel Ángel Tortosa López.
Descargar PDF