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NIG: 2904242C20160001522.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 436/2016. Negociado: 10.
Sobre: Contratos en general.
De: Unicaja Banco, S.A.U.
Procuradora: Sra. María Josefa Fernández Villalobos.
Letrado: Sr. Francisco Javier Fernández Zurita.
Contra: Doña Adra-Valentina Rodríguez Castillo.
E D I C T O
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2)436/2016 seguido a instancia de Unicaja Banco, S.A.U., frente a Adra-Valentina Rodríguez Castillo,se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 115/2017
En Coín, a 1 de diciembre de dos mil diecisiete.
Han sido vistos por doña Cristina Hurtado de Mendoza Navarro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín, los autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado con el número 436/2016 a instancias de Unicaja Banco, S.A.U., representada por la Procuradora doña Josefa Fernández Villalobos y con la asistencia letrada de don Francisco Javier Fernández Zurita frente a don Petrus-August Van Beuningen y doña Adra-Valentina Rodríguez Castillo, declarados en rebeldía procesal.
FALLO
Se estima íntegramente la demanda interpuesta por Unicaja Banco, S.A.U., frente a don Petrus-August Van Beuningen y doña Adra-Valentina Rodríguez Castillo, con los siguientes pronunciamientos:
1. Se condena a don Petrus-August Van Beuningen y doña Adra-Valentina Rodríguez Castillo a abonar solidariamente a Unicaja Banco, S.A.U., la cantidad de cinco mil doscientos sesenta y siete euros con treinta y seis céntimos, 5.267,36 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda.
2. Con condena en costas a la parte demandada.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que habrá de presentarse por escrito dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicha demandada, Adra-Valentina Rodríguez Castillo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Coín a ocho de enero de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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