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Por Orden de 18 de julio de 2017, el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio dispuso la formulación de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio del Levante Almeriense.
En su artículo 3 se dispone que, concluida la redacción del documento de la modificación, la persona titular de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana la someterá a información pública por el período de un mes y, simultáneamente y por el mismo tiempo, dará audiencia a la Administración General del Estado, Diputación Provincial, Ayuntamientos del ámbito y a las restantes Administraciones y Entidades Públicas afectadas en razón de su competencia. El período de información pública se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Por ello, una vez culminado el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, y concluida la redacción del documento de la modificación de referencia, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 de la citada Orden de 18 de julio de 2017, en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Someter a información pública la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio del Levante Almeriense, durante el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Publicar el anuncio de información pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La documentación de dicha modificación núm. 1 quedará expuesta para su general conocimiento en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, dentro del apartado Publicidad Activa, al que se puede acceder a través del enlace: http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/informacionpublica, así como en las dependencias administrativas de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana en Sevilla (Avda. de la Guardia Civil, 1) y de la sede de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Almería (C/ Canónigo Molina, 8).
Tercero. Las alegaciones que se consideren oportunas se podrán presentar, tanto telemáticamente a través del enlace: www.juntadeandalucia.es/medioambiente/modificacion1POTLA, como por escrito dirigido a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana, presentado preferentemente en cualquier Registro de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Dar audiencia a la Administración General del Estado, a la Diputación Provincial de Almería y a los Ayuntamientos de Antas, Bédar, Carboneras, Cuevas del Almanzora, Los Gallardos, Garrucha, Huércal-Overa, Mojácar, Pulpí, Turre y Vera para que, simultáneamente y por el mismo tiempo, presenten las observaciones que consideren oportunas al documento expuesto al público, en razón de su competencia.
Sevilla, 6 de febrero de 2018.- El Secretario General, Rafael Márquez Berral.
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