Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 13/02/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 22 de diciembre de 2017, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Jaén, por la que se concede Autorización Administrativa Previa, se declara en concreto la Utilidad Pública y se aprueba el Proyecto de Ejecución de la LAMT S/C a 66 kV desde la SET Olivares Fotovoltaico, S.L.U., hasta la SET Olivares de Endesa, en el t.m. de Jaén. (PP. 3721/2017).

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Expte. AT- 206/2008.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 5 de octubre de 2016, Olivares Fotovoltaico, S.L.U., con domicilio social en Plaza Gabriel Lodares, 4, entreplanta, 02002 de Albacete, solicitó Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración en concreto de Utilidad Pública del Proyecto de LAMT S/C a 66 kV desde la SET Olivares Fotovoltaico, S.L.U., hasta la SET Olivares de Endesa en el t.m. de Jaén (Jaén).

Segundo. De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió a un periodo de información pública la solicitud mencionada insertándose anuncios en BOE núm. 237, de 2 de octubre de 2017, BOJA núm. 201, de 19 de octubre del 2017, BOP de la provincia de Jaén núm. 185, de 26 de septiembre de 2017, y Diario Jaén de 8 de noviembre de 2017.

Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el art. 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunica al Ayuntamiento de Jaén donde radican los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público en el tablón de edictos por un periodo de 20 días, a fin de que puedan alegar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones que sean procedentes de acuerdo con lo que disponen los arts. 145 y 147 del mencionado real decreto. Según certificado del Secretario Municipal de fecha, 23 de octubre del 2017 no se han producido alegaciones en contra del establecimiento de la instalación.

Tercero. De acuerdo con lo que prevé el art. 146 del R.D. 1955/2000, se remitieron las separatas del proyecto al Ayuntamiento de Jaén, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Delegación Territorial de Fomento y Vivienda (Servicio de Carreteras), y Endesa Distribución Eléctrica, al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad con las instalaciones así como que establecieran los condicionados técnicos procedentes.

Estos organismos han contestado dando su conformidad a la instalación y declaración de utilidad pública, no poniendo ningún condicionado a la instalación que sea necesario modificar el proyecto inicial. La Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio no se pronuncia. Existe una solicitud de ocupación temporal de la instalación sobre la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Perulera» que ha sido sometida a información pública en BOP de Jaén núm. 286. Con número de expediente VP-398/08 se emitió Resolución de Autorización de ocupación temporal de la citada Vía Pecuaria.

El proyecto de las instalaciones no es necesario someterlo al tramite de Autorización Ambiental Unificada al ser la longitud de la LAMT inferior a tres mil metros, según epígrafe 2.17 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para conceder la citada Autorización Administrativa Previa, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 132.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

La Declaración, en concreto, de la Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

A tenor de lo establecido en la Sección 3.ª «Alcance y Límites de la Expropiación», desarrollada en el artículo 157 y siguientes del reiterado Real Decreto 1955/2000, la servidumbre de paso de línea aérea comprenderá:

a) El vuelo sobre el predio sirviente.

b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalaciones de puesta a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos.

c) El derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.

d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.

Segundo. La Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado R.D. 1955/2000, habiéndose tenido en cuenta el cumplimiento de las limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de acuerdo con lo estipulado en el art. 161.

Visto los preceptos legales citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 40/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, esta Delegación Territorial.

RESUELVE

Primero. Otorgar a Olivares Fotovoltaico, S.L.U., Autorización Administrativa a la instalación eléctrica de LAMT S/C a 66 kV desde la SET Olivares Fotovoltaico, S.L.U., a la SET Olivares de Endesa en el t.m. de Jaén (Jaén).

Segundo. Declarar la Utilidad Pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados, que se sometieron a información pública en el anuncio publicado relacionados en el Anexo, y comporta las afecciones que se describen y las que hubieran podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente, comprenderá el vuelo sobre el predio sirviente, quedando limitada la plantación de árboles y prohibida la construcción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de dicha proyección, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos, el derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea y corte de arbolado.

Tercero. Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Características de las Instalaciones:

- Origen: SET Olivares Fotovoltaico, S.L.U.

- Final: SET Olivares Endesa.

- Tensión nominal: 66 kV.

- Longitud de línea aérea: 2.600 m y conductor LA 110 S/C.

- Número de circuitos: 1.

- Tipo de apoyos y material: Apoyos metálicos de celosía y Galvanizados en caliente.

- Cimentaciones: Cimentación monobloque y de patas fraccionadas.

T.m.: Jaén.

Cuarto. Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen así como los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.

2. El plazo de puesta en marcha será de 2 años contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo. A dicha solicitudes acompañara un certificado de final de obra suscrito por el técnico facultativo competente, que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas, y se adjuntará informe técnico con resultado favorable, de las verificaciones previas a la puesta en servicio.

4. La Administración Autonómica dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella, y previa instrucción del expediente oportuno, acordará en este supuesto la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

5. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Quinto. Cualquier modificación del trazado se someterá a la preceptiva aprobación de proyecto.

Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Relación de propietarios con bienes y derechos afectados del proyecto de LAMT S/C a 66 kV desde la SET Olivares Fotovoltaico, S.L.U., hasta la SET Olivares de Endesa, en el t.m. de Jaén. Expte AT- 206/2008.
Datos de la Finca Afección
NºParcela S/Proyecto Propietario y Dirección Término Municipal Paraje Parcela S/Catastro Polígono Vuelo (m) Apoyos Ocupación Cultivo
Longitud Ancho Núm.
Superf.
(m²)

Temp.
(m²)
1 Maria Capilla Bago Ruiz Jaén Dehesa 114 40 55,74 515,81 1 6,25 400 Olivos Secano
2
FCC Bailen a Motril
Ministerio de Fomento, Renfe Adif
Jaén Dehesa 9015 40 1,78 -- - - - Via de comunicación
3 Maria Capilla Bago Ruiz Jaén Dehesa 115 40 127,21 2.339,36 - - 100 Olivos Secano
4 Camino – Excmo Ayuntamiento de Jaén Jaén Dehesa 9020 40 3,84 - - - - Via de comunicación
5 Manuel Bago Ruiz Jaén Dehesa 55 40 20,93 366,93 - - 100 Olivos Secano
6
Pedro, Maria Teresa, Bartolome y Maria Dolores Quesada Jiménez
CB Quesada Jiménez
Jaén C. Pitas 110 40 118,07 1.209,44 2 1.34 400 Olivos Secano
VL-7 Jose Maria y Casimiro Chica Martinez Jaén Las Salinas 135 40 15,88 27,51 - - 100 Olivos Secano
8 Rafaél Leiva Pérez Jaén C. Pitas 99 40 121,10 1.590,98 - - 100 Olivos Secano
9
Carmen Leiva Pérez
Manuel Quesada Ayora
Jaén C. Pitas 98 40 124,90 1.108,03 3 2.19 400 Olivos Secano
10
Pedro, Maria Teresa, Bartolome y Maria Dolores Quesada Jiménez
CB Quesada Jiménez
Jaén C. Pitas 97 40 122,24 1.365,11 - - 100 Olivos Secano
11 Salud Ortega Pérez Jaén Perulera 95 40 192,07 1.295,84 4-5 3
,96/
2,31
800 Labor
12 Manuel Pedrosa Pérez Jaén Perulera 145 40 92,91 1.086,48 - - 100 Olivos Secano
13
Autovia A-316 Jaén-Torredelcampo Pk 59,01
Ministerio Fomento Consejeria Obras P. Ttes
Jaén Perulera 9006 40 54,17 - - - - Via de Comunicación
14 Pedro Ruiz Cuadros Jaén Salinas 158 40 9,64 160,33 - - 100 Olivos Secano
15 Rita Cano Abolafia Jaén Salinas 100 40 538,74 6.368,11 6-7
2.07/
2.31
800 Olivos Secano
15C
Cañada Real La Pirulera
Consejeria Medi Ambiente -Vias Pecuarias-
Jaén Salinas - - 17,24 - - - - Cañada Real
16 Jose Miguel Espinosa Ochoa Jaén Dehesa 76 40 847,05 9.289,76 8-9-10-11
2.07/
2.19/
2.19/
2.19
1600 Labor
17 Confederación Hidrográfica del Guadalquivir Jaén Arroyo 9005 46 56,41 - - - - Hidrografía Natural
18 Jose Miguel Espinosa Ochoa Jaén A. Hongo 16 46 122,68 1.440,37 12 5,60 400 Labor

Jaén, 22 de diciembre de 2017.- La Delegada, P.D. (Res. de 9.3.2016, BOJA núm. 51), María de la Paz del Moral Milla.

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