Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00130386.
El artículo 8 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales establece el proceso de declaración de un parque nacional. El citado artículo determina que «la iniciativa para la declaración de un parque nacional corresponde a la comunidad o comunidades autónomas en las que se encuentre comprendido dicho espacio o al Gobierno de la Nación». Y continúa diciendo que, sin perjuicio de la aprobación, en su caso, del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales por la comunidad o comunidades autónomas respectivas, la iniciativa se formalizará mediante la aprobación inicial de una propuesta conjunta por el Consejo de Ministros y por el órgano correspondiente de las comunidades autónomas en cuyo territorio se encuentre situado el futuro parque nacional.
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en estrecha colaboración con el Organismo Autónomo Parques Nacionales, ha elaborado una propuesta de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Las Nieves, conforme lo establecido en la citada Ley 30/2024, de 3 de diciembre, y en torno a la cual se ha alcanzado un pleno acuerdo, entre las distintas Administraciones implicadas y los diferentes agentes presentes en el territorio.
Redactada ya la propuesta y aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión de 9 de febrero de 2018, procede seguir los trámites procedimentales para la declaración del Parque Nacional de la Sierra de Las Nieves mediante la formalización de la aprobación inicial de la propuesta de declaración por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y, posteriormente, su sometimiento al correspondiente trámite de información pública, conforme a lo establecido en el citado artículo 8 de la mencionada Ley 30/2014, de 3 de diciembre.
En virtud de lo anterior, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 13 de febrero de 2018,
ACUERDA
Primero. Aprobación.
Aprobar inicialmente la propuesta de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Las Nieves que se incluye en el Anexo.
Segundo. Proceso de declaración.
Tras la aprobación inicial de la propuesta, el proceso de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Las Nieves continuará conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 30/2024, de 3 de diciembre.
Tercero. Régimen de protección preventiva.
Al objeto de garantizar que no se produzcan actos sobre el espacio propuesto, que puedan llegar a hacer imposible o dificultar de forma importante la consecución de los objetivos de la declaración, se establece el régimen de protección preventiva de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 30/2024, de 3 de diciembre.
Cuarto. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo.
Quinto. Publicación.
El presente Acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El Anexo del mismo estará disponible en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/planesinformacionpublica).
Sexto. Eficacia.
El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de febrero de 2018
SUSANA DÍAZ PACHECO | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ | |
Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio |