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De conformidad con el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 29 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación a la madre de los/as menores A.C.N. y C.C.N., doña Carmen Rosario Natera Gómez, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio por el que se notifica Acuerdo de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de fecha 10 de enero de 2018, adoptado en los expedientes de protección números 352-2015-00003870-1 y 352-2015-00003871-1, por el que se acuerda:
1. Iniciar el procedimiento para la constitución de la guarda con fines de adopción con respecto a los/as menor/es A.C.N. nacido/a el día 2 de marzo de 2013 y C.C.N. nacido/a el día 20 de julio de 2011.
2. Designar como Instructor/a del procedimiento que se inicia a el/la funcionario/a código núm. 558347.
3. Notificar el presente acuerdo a los progenitores, tutores o guardadores del menor, y al Ministerio Fiscal.
Se les informa que disponen de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo a fin de que puedan presentar las alegaciones y documentos que estimen convenientes de conformidad con lo dispuesto en el art. 43 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa. Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifestasen su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones se tendrá por relizado el trámite.
Contra este acuerdo no cabe recurso alguno, pudiendo alegarse la oposición al mismo por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento conforme a lo previsto en el art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El art. 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece el plazo general para la resolución y notificación del presente procedimiento de tres meses, pudiendo acordarse la ampliación del mencionado plazo según el art. 23.1 de la citada norma.
En caso de que al vencimiento del plazo máximo no se haya dictado y notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento según lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En este supuesto la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el art. 95 de la misma Ley.
Huelva, 7 de marzo de 2018.- El Delegado, Rafael López Fernández.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será el determinante a los efectos de su notificación.»
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