Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 7 de 01/12/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Acuerdo de 6 de noviembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Proyecto de Actuación del Área Logística de Majarabique en los términos municipales de La Rinconada y Sevilla y se declara de interés autonómico.

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El Área Logística de Majarabique, en los términos municipales de Sevilla y La Rinconada (Sevilla), ha sido prevista como área de oportunidad metropolitana de carácter logístico en el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, con la denominación «L4. Centro de Transporte de Mercancías de Majarabique». A su vez, en el Plan de Infraestructuras para la Sostenibilidad del Transporte en Andalucía 2007-2013 (PISTA) y su posterior revisión por el Plan de Infraestructuras para la Sostenibilidad de Andalucía Horizonte 2020, el ámbito de Majarabique forma parte del Nodo Logístico de Sevilla, que basa su principal núcleo de actividad en el puerto marítimo-fluvial de Sevilla y para el que el Plan determina la necesidad de establecer propuestas específicas para incentivar su relación con las actividades productivas de la aglomeración y mejorar la integración ambiental y urbana de las instalaciones.

Territorialmente el desarrollo del Área Logística de Majarabique viene caracterizado por un marcado carácter estratégico, consecuencia de su localización en uno de los principales nodos de comunicación del área metropolitana de Sevilla, al norte de la ciudad, entre las infraestructuras de comunicación planificadas del Paso Territorial Norte SE-35 y la Autovía SE-40. La buena compatibilidad de la actuación con los usos y desarrollos del entorno próximo, sin establecer impactos o incidencias negativas, hacen de esta localización el lugar idóneo para su desarrollo. Además el Área Logística proporcionará sinergias de actividades económicas e importantes efectos en la generación de empleo de la región. La superficie total del Área Logística de Majarabique es de 193,20 hectáreas, situándose 151,97 hectáreas en el municipio de La Rinconada y 41,23 hectáreas en el término municipal de Sevilla.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 39 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno podrá declarar de Interés Autonómico, por su especial relevancia derivada de su magnitud, su proyección económica y social o su importancia para la estructuración territorial de Andalucía, las actuaciones de carácter público contempladas en planes de ordenación del territorio y en planes con incidencia territorial, así como las actuaciones relativas a los ámbitos sectoriales citados en el Anexo II de dicha ley. Cuando las actuaciones supongan la implantación de usos productivos, dotaciones o cualesquiera otros análogos que precisen desarrollo urbanístico, la declaración de Interés Autonómico se producirá mediante la aprobación por el Consejo de Gobierno de un proyecto de actuación a propuesta de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y previa iniciativa de la Consejería competente en razón de la actuación.

El procedimiento para la Declaración de Interés Autonómico del Área Logística de Majarabique se inició por Orden de 15 de febrero de 2012 de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, a iniciativa de la propia Consejería. El Proyecto de Actuación correspondiente, redactado de conformidad con lo preceptuado en el artículo 39.2 al tratarse de una actuación que precisará desarrollo urbanístico, contiene la justificación de la concreta ubicación de la actuación, su incidencia territorial y ambiental y su grado de integración con la planificación y ordenación vigentes; así como asegura el adecuado funcionamiento de las obras e instalaciones que constituyen su objeto.

El Proyecto de Actuación para la declaración de interés autonómico del Área Logística de Majarabique clasifica los terrenos comprendidos en su ámbito como suelo no urbanizable de especial protección, con una superficie de 4,09 hectáreas, integradas por el trazado rectificado de la vía pecuaria Cordel de Brenes y el cauce y zona de servidumbre del arroyo Cimbreño; y 161,88 hectáreas como suelo urbanizable sectorizado para el desarrollo de los diferentes usos incluidos en el Área Logística. Se establecen los sistemas generales para las infraestructuras de comunicación viaria, la conexión ferroviaria, vía pecuaria y conexiones exteriores de infraestructuras de servicios.

De conformidad con lo preceptuado por el artículo 39.1 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, el Proyecto de Actuación del Área Logística de Majarabique y su Estudio de Impacto Ambiental se sometieron a información pública por plazo de un mes, anunciada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 12 de marzo de 2012, se concedió audiencia a los Ayuntamientos de Sevilla y de La Rinconada por plazo de dos meses y se recabaron los informes sectoriales preceptivos.

El Proyecto de Actuación del Área Logística de Interés Autonómico de Majarabique, fue inicialmente sometido a evaluación de impacto ambiental conforme al artículo 40 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, habiendo obtenido Declaración de Impacto Ambiental favorable de 3 de octubre de 2014. Posteriormente conforme al artículo 28.1 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental, el artículo 38.9 de la Ley 7/2007 de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y del apartado tercero de la disposición adicional tercera de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal, se ha tramitado una modificación de la evaluación ambiental, sometiendo la Adenda al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Actuación del Área Logística de Interés Autonómico de Majarabique- Sevilla- La Rinconada a Información Pública a efectos ambientales por el plazo de 45 días hábiles anunciada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 27 de septiembre de 2017 BOJA núm. 186, obteniendo la Declaración Ambiental Estratégica viable a los solos efectos ambientales de 12 de septiembre de 2018.

A la vista de estos antecedentes, de conformidad con lo previsto en los artículos 38 y 39 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de noviembre de 2018,

ACUERDA

Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación del Área Logística de Majarabique en los términos municipales de La Rinconada y Sevilla, que se acompaña como Anexo al presente acuerdo y declarar la actuación de Interés Autonómico.

Segundo. La aprobación del referido Proyecto de Actuación tendrá los efectos previstos en el artículo 38.3 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. El impulso de la actuación, corresponderá a la Consejería de Fomento y Vivienda a través de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

Cuarto. La aprobación de todos los instrumentos y documentos que se precisen para el desarrollo y completa ejecución del Proyecto de Actuación del Área Logística de Majarabique, incluidos los proyectos de urbanización que procedieren, corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Quinto. El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de noviembre de 2018

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ
Consejero de Medio Ambiente 
y Ordenación del Territorio
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