Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 19/03/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 14 de febrero de 2018, por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro docente privado de educación secundaria «Laude San Pedro de Alcántara» de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga). (PP. 966/2018).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00132141.

Visto el expediente tramitado a instancia de don Steven David Russell Brown, como representante de la entidad Colegios Laude, S.L., Sociedad Unipersonal, nueva titular del centro docente privado de educación secundaria «Laude San Pedro de Alcántara», con domicilio en Urbanización Nueva Alcántara, calle G, de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), solicitando el cambio de titularidad del mismo, ostentada hasta ahora por Colegio Internacional San Pedro de Alcántara, S.L., según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 29017335, tiene autorización para impartir cuatro unidades de educación secundaria obligatoria y cuatro unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Ciencias y dos en la de Humanidades y Ciencias Sociales).

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del referido centro a favor de Colegio Internacional San Pedro de Alcántara, S.L.

Resultando que Colegio Internacional San Pedro de Alcántara, S.L., mediante escritura pública de cesión otorgada ante don Andrés Domínguez Nafria, notario del Ilustre Colegio de Madrid, fechada en Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete, cede a la entidad Colegios Laude, S.L., Sociedad Unipersonal, la titularidad del mencionado centro.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado de educación secundaria «Laude San Pedro de Alcántara», código 29017335, con domicilio en Urbanización Nueva Alcántara, calle G, de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), que en lo sucesivo la ostentará la entidad Colegios Laude, S.L., Sociedad Unipersonal, que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que acerca de dicho centro corresponden a la titular cedente, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el resultando primero.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de febrero de 2018

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
Descargar PDF