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En fecha 26 de octubre de 2017, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictó Sentencia en relación al recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Ordinario núm. 194/2014, interpuesto por SAT número 1941 Santa Teresa, contra la Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la que se aprobó definitivamente de forma parcial el proyecto de modificación del PGOU, Adaptación Parcial de las NN.SS. de Osuna (Sevilla) en el sector P.R. 12 «Real de la Feria»; cuyo fallo recoge expresamente:
FALLAMOS
«Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por SAT número 1941 Santa Teresa contra la resolución que se recoge en el primer Fundamento de Derecho de esta Sentencia, la cual declaramos nula por las razones expuestas en los Fundamentos de derecho cuarto y sexto. Se imponen a las partes demandadas las costas procesales causadas en los términos señalados».
Vistos los artículos 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, y 18.2 de la Orden de 22 de febrero de 2016, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos directivos de la Consejería.
HE RESUELTO
Disponer el cumplimiento y publicación del Fallo de la Sentencia de 26 de octubre de 2017 de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en relación al recurso contencioso-administrativo núm. 194/2014, en los términos expuestos en su fallo.
Sevilla, 15 de marzo de 2018.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.
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