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EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 218/2017 a instancia de la parte actora don Roberto di Pietro Morales contra Weiliu Liu y Wang Haizhu sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 13.3.2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre don Roberto di Prieto Morales y don Wang Haizhu y doña Weiliu Liu con efectos de 13 de marzo de 2018.
Debo condenar y condeno solidariamente a don Wang Haizhu y doña Weiliu Liu al pago de las siguientes cantidades:
Nombre trabajador: Don Roberto di Prieto Morales.
Indemnización: 1.759,28 €.
Salarios T.: 4.787,02 €.
Que debo condenar y condeno a Fogasa a estar y pasar por esta declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes informándosele que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción.
Así lo acuerda, manda y firma don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Siete de Málaga, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación a los demandados Weiliu Liu y Wang Haizhu, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a quince de marzo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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