Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 28 de marzo de 2018, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se suspende la excepción para la alimentación convencional del ganado ecológico como consecuencia de los efectos de la sequía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00133280.

Como consecuencia del déficit de precipitaciones del pasado año se produjo una baja de los rendimientos de los cultivos y de forma especial muy acusada a la de los pastos, lo cual, condujo a publicar la Resolución de 6 de febrero de 2018, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se autoriza la excepción para la alimentación convencional del ganado ecológico como consecuencia de los efectos de la sequía.

El Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) 2092/91, en el artículo 22.2 de Normas excepcionales de producción indica que:

2. Las excepciones mencionadas en el apartado 1 se limitarán al mínimo y, cuando proceda, tendrán una duración limitada y se concederán únicamente en los siguientes casos:

f) Cuando se requieran medidas temporales para permitir la continuidad de la producción ecológica o su reanudación después de una catástrofe.

También, de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 889/2008 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) 2092/91, artículo 47 de Circunstancias catastróficas, la autoridad competente podrá autorizar de manera temporal:

c) El empleo por parte de operadores concretos de piensos no ecológicos durante un período limitado y en relación con una zona determinada cuando se haya perdido la producción de forraje.

No obstante, y tras dictar las medidas temporales se aprecia que el déficit de precipitaciones que venía arrastrando Andalucía desde el año pasado ya no es tal como consecuencia de la mejora de las condiciones meteorológicas de los últimos treinta días por la cantidad de lluvias acumuladas en toda la región.

Por ello, se prevé la desaparición de los efectos perniciosos que supuso la sequía y se dan unas perspectivas agronómicas favorables a la aparición de nuevos pastos, a muy corto plazo, con los que cubrir las necesidades fisiológicas alimenticias de la ganadería extensiva ecológica, esto hace que sea necesario acortar el periodo autorizado en la Resolución de 16 de enero de 2018 suspendiéndola en la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, en ejercicio de las competencias asignadas a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural por el Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y por el Decreto 166/2003, sobre producción agroalimentaria ecológica en Andalucía, correspondiendo a esta Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, las funciones recogidas en su artículo 10.l,

RESUELVO

Primero. Conforme a lo previsto en el apartado cuarto de la Resolución de 16 de enero de 2018, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se autoriza la excepción para la alimentación convencional del ganado ecológico como consecuencia de los efectos de la sequía, la autorización establecida en la misma queda suspendida.

Segundo. La presente resolución se hará efectiva desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de marzo de 2018.- El Director General, Rafael Olvera Porcel.

Descargar PDF