Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2018, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2018, las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del Sector Comercial Andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA).

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BDNS: 391721.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del sector comercial andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA), con cargo a los créditos presupuestarios y por las cuantías totales máximas para cada anualidad que se indican a continuación, en atención al ámbito funcional y territorial de competitividad previsto en las bases reguladoras:

MODALIDAD ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA MÁXIMA TOTAL MODALIDAD
a) Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas no promotoras de Centros Comerciales Abiertos 2018 2018 1500010000 G/76A/78403/0001 600.000 € 800.000 €
2019 2019 1500010000 G/76A/78403/0001 200.000 €
b) Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos 2018 2018 1500010000 G/76A/78403/0001 955.590 € 1.274.120 €
2019 2019 1500010000 G/76A/ 78403/0001 318.530 €
c) Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas promotoras de Centros Comerciales Abiertos en proyecto 2018 2018 1500010000 G/76A/78403/0001 180.000 € 240.000 €
2019 2019 1500010000 G/76A/78403/0001 60.000 €
d) Subvenciones a Ayuntamientos que cuenten en su municipio con, al menos, un Centro Comercial Abierto reconocido o en proyecto 2018 2018 1500010000 G/76A/76400/0001 596.250 € 795.000 €
2019 2019 1500010000 G/76A/76400/0001 198.750 €
TOTAL 3.109.120 €

La financiación de estas subvenciones procede en un porcentaje del 100% del presupuesto de la Junta de Andalucía.

La distribución del crédito entre los ámbitos territoriales y funcionales de competitividad figuran en la convocatoria.

Segundo. Beneficiarios.

Pueden participar en esta convocatoria las siguientes entidades:

a) Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas sin ánimo de lucro domiciliadas en Andalucía no promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos o en proyecto, las cuales se clasificarán a efectos de competitividad según su ámbito regional, provincial y local.

b) Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas sin ánimo de lucro domiciliadas en Andalucía, promotoras de Centros Comerciales Abiertos que hayan obtenido el reconocimiento oficial como Centro Comercial Abierto de Andalucía conforme al procedimiento establecido en la Orden de 7 de mayo de 2010, por la que se establece el procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía (BOJA núm. 96, de 19 de mayo de 2010).

c) Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas, sin ánimo de lucro, domiciliadas en Andalucía, que lideren un proyecto de Centro Comercial Abierto siempre que hayan presentado a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, solicitud para la obtención del reconocimiento oficial como Centro Comercial Abierto de Andalucía conforme al procedimiento establecido en la Orden de 7 de mayo de 2010, junto con la documentación que en el artículo 5 de la citada orden se especifica.

d) Los Ayuntamientos de Andalucía que cuenten en su municipio con, al menos, un Centro Comercial Abierto reconocido o en proyecto. Para este último caso, deberá acreditarse la presentación por parte de la Asociación, Federación o Confederación de comerciantes minoristas que lidere el proyecto de Centro Comercial Abierto, de la solicitud para la obtención del reconocimiento oficial como Centro Comercial Abierto de Andalucía conforme al procedimiento establecido en la Orden de 7 de mayo de 2010, junto con la documentación que el artículo 5 de la citada orden se específica.

Tercero. Objeto.

Las subvenciones que se convocan al amparo de esta convocatoria tienen por finalidad impulsar la actividad de las asociaciones de comerciantes a fin de aumentar la competitividad de las Pymes que las integran, así como potenciar el comercio urbano particularmente mediante el apoyo y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos en la realización de actuaciones que contribuyan a su modernización y revitalización.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del Sector Comercial Andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA), aprobadas mediante Orden de 20 de octubre de 2016, publicada en el BOJA núm. 206, de 26 de octubre de 2016.

Quinto. Cuantía.

La dotación presupuestaria máxima se refleja en el cuadro del apartado primero.

El importe máximo subvencionable asciende a 57.000 € para las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas no promotoras de Centros Comerciales Abiertos, a 80.000 € en el caso de las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas promotoras de Centros Comerciales Abiertos y a 70.000 € en el caso de Ayuntamientos que cuenten con al menos un CCA en su municipio.

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

El Consejero, P.D. El Director General de Comercio, Orden de 20 de octubre de 2016 (BOJA núm. 206, de 26.10.2016), Raúl Perales Acedo.

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