Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 06/04/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 26 de marzo de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 580/2017.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 580/2017. Negociado: A1.

NIG: 2906744S20170007153.

De: Doña Guadalupe Vacas Jurado.

Contra: Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, Fed. Almeriense Asociaciones Personas con Discapacidad CEE, Grupo Corporativo FAMF. Federación Asociaciones de Discapacitados Físicos y Orgánicos, Fondo de Garantía Salarial, Fundación SAMU y Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

Abogado: José Manuel Avisbal Toro, Justo Montoya Martínez y Marta García Aparici.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 580/2017 a instancia de la parte actora doña Guadalupe Vacas Jurado contra Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, Fed. Almeriense Asociaciones Personas con Discapacidad CEE, Grupo Corporativo FAMF. Federación Asociaciones de Discapacitados Físicos y Orgánicos, Fondo de Garantía Salarial, Fundación SAMU y Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 23.3.18, del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por de doña Guadalupe Vacas Jurado frente a Fundación SAMU, Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, Federación almerienses de asociaciones de personas con discapacidad CEE, y Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., con los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara la existencia a de una cesión ilegal de la actora siendo empresario real la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y formal la Fundación SAMU. Se tiene por optado la actora por mantener la relación laboral con la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía con derechos y obligaciones del personal laboral de la Junta de Andalucía y antigüedad del 17 de septiembre de 2010.

2. Que debo condenar y condeno a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía al abono a la actora por el intervalo de mayo de 2016 a agosto de 2017 la cantidad de 15.172,31 euros más 1.517,23 euro de mora.

3. Que debo declarar y declaro que la Federación almeriense de asociaciones de personas con discapacidad, Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación y Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., deben estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución las partes advirtiéndoseles que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de suplicación conforme el art. 191 de la LRJS en plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado/Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado de Administración de justicia doy fe, en Málaga.

Y para que sirva de notificación al demandado Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintiséis de marzo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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