Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 09/04/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 74/2018, de 3 de abril, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.

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El Decreto 304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, plantea el Plan de Prevención de Riesgos Laborales como principal objeto y expresión de la política de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Andalucía.

La gestión de la aplicación y desarrollo del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.3 del Decreto 304/2011, de 11 de octubre, se lleva a cabo por las Unidades Administrativas con competencia en materia de personal y administración general, para lo cual las Consejerías, las agencias administrativas y agencias de régimen especial, así como las Delegaciones del Gobierno y Delegaciones Territoriales, deberán contar con una organización preventiva propia, con la adecuada dotación de medios personales y materiales, que, de acuerdo con su estructura sectorial y territorial, realizarán las funciones apropiadas de carácter técnico y gestión preventiva especializada.

El Servicio Andaluz de Empleo, agencia de régimen especial, cuenta en su organización periférica con cuatro puestos de trabajo de Asesoría Técnica de Prevención Riesgos Laborales. A estos puestos, les corresponden seis plazas, que se distribuyen en una plaza en cada una de las provincias de Cádiz y Málaga y dos en las de Granada y Sevilla, respectivamente. Con esta estructura se da cobertura en materia preventiva a la citada agencia en todo el ámbito provincial.

En la presente modificación se plantea crear una estructura homogénea en materia preventiva en las Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo que contarán con una Unidad de Prevención Provincial con un puesto de trabajo de Asesoría Técnica de Prevención Riesgos Laborales, que se considera que constituyen los medios humanos suficientes y necesarios para realizar las actividades preventivas asumidas.

Para ello, se suprime una plaza en cada uno de los dos puestos de trabajo de las Unidades de Prevención Multiprovinciales de Granada y Sevilla, y se crean cuatro puestos de Asesoría Técnica de Prevención Riesgos Laborales que se adscriben a las Direcciones Provinciales de Almería, Córdoba, Huelva y Jaén. Asimismo se modifica el contenido funcional de los puestos de trabajo actualmente existentes de Asesoría Técnica de Prevención Riesgos Laborales, incluyendo como área relacional de los mismos, Administración Pública, para uniformarlos con los restantes puestos de trabajo de la estructura preventiva de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Por último, se suprimen determinados puestos de trabajo declarados a extinguir que se encuentran vacantes y sin ocupación, por lo que la presente modificación no supone el incremento del número de puestos de trabajo ni del coste económico de los mismos en la vigente relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía afecta a puestos de trabajo adscritos a personal funcionario.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, en relación con el apartado g) del artículo 4.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de abril de 2018,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía queda modificada en los términos indicados en el anexo del presente decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de abril de 2018

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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