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La Resolución de 14 de marzo de 2018, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se convoca curso de formación específica para la habilitación como personas asesoras o evaluadoras de unidades de competencia de diversas cualificaciones profesionales, para el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 56, de 21 de marzo de 2018, establece en el apartado 4 de la Base Sexta que el plazo para presentar las solicitudes de inscripción será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el BOJA.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite en su artículo 32, apartado 1, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.
Conforme al artículo 45, apartado 1, letra b, de la misma ley, este acto administrativo será objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.
Con el fin de poder contar con un número suficiente de personas asesoras y evaluadoras, que garantice la posibilidad de realizar las convocatorias del procedimiento de acreditación de competencias profesiones para determinadas cualificaciones profesionales, se considera necesario ampliar la difusión de la convocatoria y dar oportunidad a un mayor número de personas de solicitar la participación en el curso de habilitación objeto de la misma. En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 10 del Decreto 207/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, y por el artículo 9 del Decreto 207/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, las personas titulares de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo,
RESUELVEN
Primero. Ampliar en cinco días hábiles el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 4 de la Base Sexta, de la Resolución de 14 de marzo de 2018, por la que se convoca curso de formación específica para la habilitación como personas asesoras o evaluadoras de las unidades de competencia de diversas cualificaciones profesionales, para el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Segundo. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de abril de 2018.- La Directora General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, Purificación Pérez Hidalgo; el Director General de Formación Profesional para el Empleo, Manuel Jesús García Martín.
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