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Establece el art. 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, la cual se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y será objeto de publicación en el Diario oficial correspondiente. La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, en su artículo 19.Uno.2.J) fija en un máximo del 100% la tasa de reposición aplicable a las plazas del Personal de Administración y Servicios de Universidad, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Por otro lado, el art. 19.Uno 4 de la mencionada Ley de Presupuestos Generales del Estado establece que para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Pública. Se incluyen, por tanto, en la Oferta Empleo Público de 2018 las 24 plazas de aquellos funcionarios que de la Escala Administrativa de administración general (22) y especialidad informática (2) que en el año 2017 accedieron a la Escala de Gestión al superar sendos procedimientos de promoción interna.
Por otra parte, el apartado cinco del mismo artículo 19 estipula que la validez de la autorización contenida en el apartado Uno.2 estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos se incluyan en una Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2018.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla en su sesión del 13 de marzo de 2018, previa negociación con los órganos de representación del personal funcionario y laboral, ha aprobado la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2018 de plazas de Personal de Administración y Servicios, conforme a la tasa de reposición aplicable.
De acuerdo con la fórmula de cálculo establecida por el apartado Uno.4 del citado artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, y en uso de la facultad conferida en el apartado Seis de ese mismo precepto, corresponde a la Universidad de Sevilla una tasa de reposición de 79 plazas, de las cuales 28 corresponden a personal laboral y 51 a personal funcionario.
En su virtud, y visto el Acuerdo adoptado por Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla, de fecha 13 de marzo de 2018, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios:
RESUELVO
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla para el año 2018 en los términos que constan en el Anexo I.
Segundo. Las convocatorias de dichas plazas se llevarán a efecto conforme a lo dispuesto en el art. 70 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, dentro del plazo en el mismo establecido y la publicidad prevista en dicha norma, el Reglamento General del PAS de la Universidad de Sevilla y el IV Convenio Colectivo del PAS Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 6 de abril de 2018.- El Rector, por delegación de competencias; el Director de Recursos Humanos, Santiago Melcón Pérez.
ANEXO I
RELACIÓN DE PLAZAS INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL AÑO 2018
A) PAS FUNCIONARIO
Subgrupo | Escala | NÚM. DE PLAZAS |
C2 | Auxiliar Administrativo | 51 |
B) PAS LABORAL
Grupo | Categoría | NÚM. DE PLAZAS |
IV | Técnico Auxiliar | 28 |