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ANTECEDENTES
Primero. Mediante Orden de 16 de enero de 2008, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 25, de 5 de febrero), se convocaron pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en opciones del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio de la Junta de Andalucía, entre ellas, la opción Educación Social (A2.2018), correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de 2006 y 2007, publicándose el listado definitivo de aprobados mediante Acuerdos de la Comisión de Selección, de 21 de mayo y 18 de septiembre de 2009. Posteriormente por Resolución de 26 de mayo de 2009, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 110, de 10 de junio), se ofertaron vacantes a los aspirantes seleccionados. Finalmente, por Orden de 7 de octubre 2009, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 209, de 26 de octubre), se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de dicho Cuerpo y opción, al personal relacionado en el anexo a la misma.
Doña Consuelo Jurado González participó en las referidas pruebas selectivas, sin figurar en la relación definitiva de aprobados.
Segundo. Contra la Resolución de 28 de octubre de 2010 dictada por el Secretario General para la Administración Pública de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada contra las Resoluciones de 21 de mayo y 18 de septiembre de 2009 que aprueban la relación de aspirantes que han superado el concurso oposición, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio de la Junta de Andalucía, opción Educación Social, fue interpuesto a instancia de doña Consuelo Jurado González recurso contencioso-administrativo seguido por los cauces del procedimiento núm. 1102/2011, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, dictando la sentencia núm. 2779/2016, de 7 de noviembre, estimando parcialmente las pretensiones de la parte recurrente, de acuerdo con la cual se dicta el siguiente:
«FALLO
1. Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña M.ª Jesús Oliveras Crespo, en nombre y representación de doña Consuelo Jurado González, contra la Resolución de 28 de octubre de 2010, dictada por el Secretario General para la Administración Pública de la Junta de Andalucía.
2. Se anula dicha resolución, por no ser conforme a derecho, a los únicos efectos de reconocer y declarar el derecho de doña Consuelo Jurado González a 2,5 puntos adicionales por el apartado 3.2.d) de la convocatoria, con los efectos administrativos y económicos correspondientes.
3. No procede hacer pronunciamiento alguno en cuanto a las costas.»
En el fundamento jurídico (TERCERO.-) de dicha sentencia se dispone, «En relación al resto de las pretensiones articuladas en el suplico de la demanda –relativa a que se proceda a su inclusión en el referido listado de personal seleccionado en el procedimiento selectivo, con todos los efectos inherentes a dicho pronunciamiento hemos de precisar que el restablecimiento a que se refiere el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa consiste en que se le valore con la puntuación que procede conforme a la convocatoria dado que sobre esta pretensión ha girado la prueba y, caso de que supere la nota requerida para figurar en la Relación Definitiva de Aprobados, la Administración deberá reconocerle los efectos administrativos y económicos correspondientes».
Mediante Providencia de 21 de febrero de 2017, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, determina la firmeza de la citada sentencia. En consecuencia, y de conformidad en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, procede llevar a puro y debido efecto lo ordenado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo indicada, practicando lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.
Tercero. En cumplimiento de la sentencia núm. 2779/2016, de 7 de noviembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Educación Social, de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Ofertas de Empleo Público de 2006 y 2007, ha acordado modificar la puntuación de la recurrente, incrementando la puntuación otorgada a la misma en la fase de concurso, reconociéndole, en este caso, una puntuación superior a la obtenida por el último opositor aprobado en el proceso selectivo y una valoración final reconocida en el proceso selectivo de 101.148 puntos con número de orden 53 bis.
Cuarto. Mediante Resolución de 6 de junio de 2013, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 113, de 12 de junio), doña Consuelo Jurado González fue nombrada, tras la superación del proceso selectivo de promoción de personal laboral, como personal laboral fijo en la categoría profesional de Educadora Social (2061), resultando adjudicatarìa del puesto de trabajo código 1017810 «Educador/a C. Social», dependiente del Centro de Protección Sta. Teresa de Jesús en la localidad de Marchena (Sevilla) adscrito a la D.T. de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Sevilla. De la documentación inscrita en el Registro General de Personal se constata que la interesada tiene inscrita titulación académica, que le habilita para el acceso al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Educación Social, de la Junta de Andalucía (A2.2018).
Quinto. Con fecha 1 de julio de 2017, como consecuencia de la Resolución de 2 de mayo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados entre el personal laboral de carácter fijo, incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, doña Consuelo Jurado González resulta adjudicataria del puesto de trabajo código 885810 «Educador/a C. Social» dependiente del Centro de Protección Lucano en Cerro Muriano (Córdoba), adscrito a la D.T. de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Córdoba, puesto en el que continúa en la actualidad.
Sexto. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con el artículo 19 de la Orden de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, modificado por la Orden de 29 de abril de 2013, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que en uso de la delegación efectuada,
SE RESUELVE
Primero. 1. Ofertar vacantes, en virtud de ejecución de sentencia, y en relación con las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Educación Social, de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de 2006 y 2007, convocadas mediante Orden de 16 de enero de 2008, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 25, de 5 de febrero), a la aspirante Doña Consuelo Jurado González, con DNI 75701663S.
2. Con el fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de presentación de documentación preceptiva y petición de destinos, se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 23 de abril de 2018, a las 12:30 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla.
Segundo. 1. Al acto deberá comparecer dicha aspirante, provista de la documentación que a continuación se relaciona:
a) Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, a efectos identificativos.
b) Petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Declaración responsable de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, en los términos establecidos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, así como su consentimiento para la consulta de dichos datos por parte de esta Administración, contenidos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. El citado modelo de declaración responsable le será facilitado, en caso de solicitarlo, en el referido acto único.
e) Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y opción a que se aspira.
2. El personal aspirante que tuviera la condición de funcionario de carrera o que estuviera prestando servicios en la Junta de Andalucía estará exento de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubieran sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.
Tercero. En atención a las prioridades funcionales y organizativas de los servicios de esta Administración y teniendo en cuenta la puntuación otorgada, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente resolución.
Cuarto. En el caso de que, en la fecha fijada en el apartado primero, la interesada no comparezca, salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada; no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de convocatoria, no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Educación Social, de la Junta de Andalucía, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, en el caso de que no solicite ninguno de los puestos ofertados, le será asignado uno de oficio por la Administración.
Sevilla, 10 de abril de 2018.- La persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, P.S. (Orden de 7.3.2018), la Secretaria General para la Administración Pública, Lidia Sánchez Milán.
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