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Conforme a lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia medioambiental, se debe informar a la ciudadanía, a través de los medios apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, de modo que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, la forma en que lo pueden hacer y que estas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración pública.
El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecta a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, en el apartado 3 del ante citado precepto se viene a establecer que dicha audiencia e información pública deberá realizarse de forma que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, documentos que serán claros, concisos y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.
El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles.
Acordada la iniciación del correspondiente procedimiento, se ha procedido a la elaboración del Proyecto de Decreto modificativo del Decreto 73/2012, de 20 marzo, aprobatorio del Reglamento de Residuos de Andalucía.
El presente proyecto de Decreto afecta a los derechos e intereses legítimos de las personas, por lo que procede someterlo a trámite de audiencia e información pública.
En virtud de lo anteriormente expuesto.
RESUELVO
Primero. Someter a audiencia e información pública el texto del Proyecto de Decreto modificativo del Decreto 73/2012, de 20 marzo, aprobatorio del Reglamento de Residuos de Andalucía.
Segundo. Por ello, dentro del trámite de audiencia previsto, y considerando el asunto de enorme interés para el sector que representa, se le informa que tiene disponible el texto del proyecto de Decreto citado en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (http://lajunta.es/13ua3) a través de la ruta: «Inicio > Participa > Documentos Sometidos a Información Pública > Documentos en fase de información pública con plazo de alegaciones abierto > Ámbito regional», pudiendo formular las sugerencias, observaciones o alegaciones que estime pertinentes en el plazo de quince días, a partir de la notificación de la presente.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de Decreto deberán dirigirse en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental y se podrán realizar por cualquier procedimiento válido en derecho.
Sevilla, 10 de abril de 2018.- El Director General, Fernando Martínez Vidal.
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