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Con fecha de 1 de diciembre de 2017, se dicta resolución por la Ilma. Sra. Viceconsejera de Cultura, por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto por don Manuel Fernández Llamas, contra la Resolución de 5 de junio de 2013 de la entonces Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Sevilla.
Intentada sin efecto la notificación personal de la citada resolución y de la correspondiente carta de pago a don Manuel Fernández Llamas, en calidad de interesado en el citado procedimiento de recurso, procede efectuar la notificación prevista en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 46 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se indica al interesado que dispone de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para conocer el texto íntegro de la referida resolución y de la correspondiente carta de pago y constancia de su conocimiento, compareciendo al efecto en las dependencias de la Consejería de Cultura en Sevilla, sitas en la calle San José, número 13, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Transcurrido dicho plazo, o tras la comparecencia del interesado, si ésta tuviera lugar, comenzará a computarse el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla que por turno de reparto corresponda, o, a elección del demandante, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio (siempre que, en este último caso, se encuentre dentro de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía); todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2.b), 14.1 (regla segunda) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 9 de abril de 2018.- La Secretaria General Técnica, María de la Luz Fernández Sacristán.
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