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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Marmolejo ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 23 de marzo de 2018, el Pleno del Ayuntamiento de Marmolejo acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva del escudo y la bandera municipal con las siguientes descripciones:
Escudo: «Armas: Cuartelado en cruz: I cuartel: En campo de plata, cuatro bloques de mármol al natural, puestos en barra y dispuestos en faja. II cuartel: En campo de sinople, y en abismo, una llave de oro, puesta en palo, con la guarda mirando al jefe. III cuartel: En campo de azur, un puente almenado de un solo ojo, de oro, mazonado de sable, sobre ondas de azur y plata. IV cuartel: En campo de gules, y en abismo, una torre de oro, esclarecida y mazonada de sable. Contorno hispano-francés sobre cartela dorada apergaminada de rollos.»
Bandera: «Bandera de endrizar rectangular, de tafetán, con una proporción de tres módulos de larga por dos de ancha (2/3), o lo que es lo mismo, una vez y media más larga que ancha, quinta al batiente, teñido el paño en color blanco y la quinta al batiente de color verde oliváceo; que cargará íntegramente el escudo de Marmolejo antes descrito, ajustando el eje geométrico de éste al centro del vexilo, con una altura igual a los dos tercios del ancho de la bandera.»
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 10 de abril de 2018, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada Ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del Municipio de Marmolejo (Jaén), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del Municipio de Marmolejo (Jaén) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 19 de abril de 2018.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.
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