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BDNS (Identif): 395200.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de ayuda en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican:
Línea de ayuda | Partidas presupuestarias | Cuantía máxima (€) |
Ayudas a armadores por inactividad temporal de la flota de draga hidráulica en el Golfo de Cádiz. | 1900010000.G/71P/47300/98/01 | 1.808.400 |
TOTAL | 1.808.400 |
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, así como comunidades de bienes y sociedades civiles, encargadas de la explotación (armador/explotador) de las embarcaciones censadas en la modalidad de draga hidráulica del Golfo de Cádiz, y que estén afectadas por la imposibilidad de faenar con motivo del cierre temporal del caladero de la chirla, establecido mediante Resolución de 16 de enero de 2018, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se procede al cierre temporal de la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz (BOJA núm. 14, de 19 de enero de 2018).
Tercero. Objeto.
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las personas o entidades beneficiarias descritas en el artículo 5 de la meritada Orden, según lo dispuesto en los artículos 17 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para compensar la pérdida de ingresos por cierre de su caladero tradicional y que, además, cumplan con los requisitos expuestos en el articulo 6 de esta orden.
Cuarto. Bases reguladoras.
Teniendo en cuenta las razones excepcionales que motivan la concesión de estas ayudas, y dado que se otorgan por una única vez, se establecen en un único instrumento las bases reguladoras y la convocatoria «Orden de … de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las empresas armadoras afectadas por la inactividad temporal de la flota de draga hidráulica del Golfo de Cádiz, y su convocatoria», al amparo de lo previsto en el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que permitirá responder con la celeridad requerida.
Quinto. Cuantía.
La dotación presupuestaria para esta línea de ayuda se hace en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de diez días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 19 de abril de 2018
RODRIGO SÁNCHEZ HARO | |
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural |