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La Letrada de la Administración de Justicia doña Victoria Santos Ortuño, del Juzgado de Familia núm. Tres de Granada, certifica extracto de sentencia autos núm. 384/17-D de Modificacion Medidas seguidos ante este Juzgado a instancia de doña Mady Luzdey Vélez González contra don Faver Ándres Narváez Alzate, en situación procesal de rebeldía.
F A L L O
Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por doña Mady Luzdey Vélez González contra don Faver Andrés Narváez Alzate.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 458 de la LEC).
El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, deberá exponer las alegaciones en que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Faver Ándres Narváez Alzate en ignorado paradero, le hago saber que en el Juzgado está a su disposición el texto íntegro; para su conocimiento extiendo y firmo la presente en Granada a veintitrés de abril de dos mil dieciocho.- V. Santos Ortuño.
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