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Mediante Resolución de 21 de abril de 2017, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía (BOJA núm. 84, de 5 de mayo de 2017), tuvo lugar la convocatoria para los años 2017-2020 de la línea de incentivos Construcción Sostenible, acogida a la Orden de 23 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía en el período 2017-2020. Dicha resolución fue modificada por las de 19 de mayo de 2017 y 6 de marzo de 2018.
El apartado sexto de la referida convocatoria de incentivos estableció que la cuantía máxima del crédito presupuestario prevista para línea de incentivos Construcción Sostenible para el período 2017-2020 ascendía a 163.760.348 euros, distribuidos por partidas presupuestarias en función de los objetivos específicos del Objetivo Temático 4 del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 y los campos de intervención previstos en el Reglamento (UE) núm. 215/2014 de la Comisión, de 7 de marzo de 2014, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Las disposiciones adicionales primera y tercera de la Orden de 23 de diciembre de 2016 facultan a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía para modificar la referida convocatoria, incluida la actualización del crédito máximo por la incorporación de nuevos créditos o la redistribución de los créditos disponibles, así como a dictar cuantas disposiciones sean necesarias en desarrollo, aplicación y evaluación de la citada orden, con el fin de asegurar la optimización y el aprovechamiento completo de los fondos destinados a los incentivos y adaptarlos a las tipologías de actuaciones solicitadas. A tal efecto, dictará la correspondiente resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A la vista de la notable acogida que ha tenido la línea de incentivos Construcción Sostenible, entre las entidades colaboradoras y los beneficiarios de los referidos incentivos, el citado crédito presupuestario ha sido objeto de actualización con motivo de la reprogramación de los fondos del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, incorporando nuevos créditos por importe de 8.099.970 euros por lo que procede actualizar el importe máximo de dicho crédito y el de las distintas partidas presupuestarias.
En su virtud, y en uso de habilitación conferida por la citadas disposiciones adicionales primera y tercera de la Orden de 23 de diciembre de 2016,
RESUELVO
Primero. Modificar los apartados 2 y 3 del resuelve sexto y actualizar la cuantía del crédito presupuestario de la Resolución de 21 de abril de 2017, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convoca para los años 2017-2020 la línea de incentivos Construcción Sostenible, quedando redactados en los siguientes términos:
2. La financiación de estos incentivos se realizará con cargo al crédito presupuestario para la convocatoria 2017-2020 de esta línea de incentivo que asciende a la cuantía máxima de 171.860.318 euros y la concesión estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
3. El importe del referido crédito presupuestario se distribuye en función de los objetivos específicos del Objetivo Temático 4 del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 y de los campos de intervención previstos en el Reglamento (UE) núm. 215/2014 de la Comisión, de 7 de marzo de 2014, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, en lo relativo a las metodologías de apoyo a la lucha contra el cambio climático, la determinación de los hitos y las metas en el marco de rendimiento y la nomenclatura de las categorías de intervención para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, en las cuantías máximas establecidas en las siguientes partidas presupuestarias:
Segundo. La presente resolución será de aplicación a las solicitudes presentadas desde el inicio del plazo de presentación previsto en la convocatoria.
Sevilla, 4 de mayo de 2018.- El Director Gerente, Aquilino Alonso Miranda.
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