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El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 y ss. de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Orden de 17 de abril de 2018, ha acordado el inicio del deslinde parcial del monte público «Pinar y Dehesa del río Chillar» (MA-30.017-AY), para el perímetro afectado por la sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sala contencioso-administrativo, núm. 1333/2012, de 14 de mayo, sentencia núm. 2345/2012, de 27 de julio de 2012, y sentencia núm. 3687/2011, de 3 de octubre, y por tanto del monte en el término municipal de Nerja (Málaga). Expte. MO/00101/2017, cuya parte dispositiva es la siguiente:
«1º. Se proceda al inicio del deslinde parcial del monte público Pinar y Dehesa del río Chillar, código de la Junta de Andalucía MA-30017-AY, propiedad del Ayuntamiento de Nerja y situado en el mismo término municipal, provincia de Málaga.
2.º Encargar la elaboración de la memoria y la dirección de la ejecución de los trabajos de deslinde a don Ricardo Salas de la Vega, don Rafael J. Calderón Fernández y don José López Quintanilla, conforme a lo dispuesto en los artículos 36 de la ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y el 63 del Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre.
Sevilla, 17 de abril de 2018.
El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Fdo.: José Fiscal López.»
Se advierte a los colindantes con el monte público o los que tengan interés legítimo que hacer valer en el expediente, de la necesidad de presentar toda la documentación al respecto, a efectos de poder formar criterios sobre las fincas afectadas por el deslinde.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho de los que integren la pretensión de titularidad, deberá comunicarse a esta Delegación Territorial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
El plazo normativamente establecido para la resolución de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, se producirá su caducidad.
Contra el presente acto por ser de trámite no cabe interponer recurso.
Para cualquier tipo de aclaración, se deberá llamar a los teléfonos 955 260 000 y 697 953 803.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Málaga, 4 de mayo de 2018.- El Delegado, Adolfo Moreno Carrera.
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