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Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación de la resolución dictada en los expedientes de revocación de la autorización como centro inscrito/acreditado en materia de Formación Profesional para el Empleo, que se citan en el listado adjunto, en virtud de lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; se publica el presente anuncio de somera indicación del acto, para que sirva de notificación a las personas interesadas, señalándose que para conocer el contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrán comparecer en la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada, en Avenida Joaquina Eguaras, 2 (Servicio de Formación para el Empleo), con la advertencia de que contra la misma, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Delegado Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Granada, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 30 de la citada ley, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución; o interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en virtud de lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Núm. Expte.: 18/10691
Interesado: Lambda, S. Coop. And.
CIF: F18506881.
Acto: Resolución relativa a pérdida de condición de centro colaborador en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo.
Fecha: 10.4.2018.
Órgano: Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada.
Granada, 7 de mayo de 2018.- El Delegado, Juan José Martín Arcos.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44, párrafo segundo, de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado.»
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