Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 10/05/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 2 de mayo de 2018, por la que se convocan para el año 2018 las ayudas previstas en la Orden de 19 de junio de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020,

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BDNS (Identif.): 396934, 396935 y 396937.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de ayuda, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de aquellas y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican para cada línea.

Líneas de ayuda que se convocan y período de elegibilidad:

Línea A. Preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores pesqueros y, en su caso, de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros.

Las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía podrán solicitar las ayudas por los gastos realizados en la preparación y aplicación de su plan de producción y comercialización aprobado para la campaña de 2017.

Línea B. Creación y reestructuración de las organizaciones de productores pesqueros, de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros y creación de organizaciones interprofesionales del sector pesquero.

Podrán solicitar las ayudas por su creación o reestructuración las organizaciones de productores pesqueros reconocidas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con posterioridad al 29 de diciembre de 2013 y siempre que haya transcurrido, al menos, un año desde la fecha de reconocimiento.

Línea de ayuda Beneficiarios Partida presupuestaria Cuantía máxima (€)
A. Preparación y aplicación de los Planes de producción y comercialización (*) Entidades privadas 1900120000/G/71P/77300/00/G1353511G6/2016000349 367.041
Entidades sin ánimo de lucro 1900120000/G/71P/78300/00/G1353511G6/2016000717 206.460
B. Creación y reestructuración de organizaciones profesionales Entidades sin ánimo de lucro 1900120000/G/71P/48300/00/G1353513G6 125.000
TOTAL 698.501
* En esta línea de ayuda las distintas partidas presupuestarias tienen carácter de vinculante, por lo que en el caso de que una de ellas agotara el crédito podría ser compensada por otra.

Segundo. Beneficiarios.

Línea A. Las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con el Reglamento (UE) núm. 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, e inscritas en el Registro General de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.

Línea B. Las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con el Reglamento (CE) núm. 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, e inscritas en el Registro General de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, con posterioridad al 29 de diciembre de 2013 y siempre que haya transcurrido, al menos, un año desde la fecha de reconocimiento.

Tercero. Objeto.

La finalidad de estas ayudas es la de contribuir al logro de los objetivos específicos recogidos en el artículo 6.5 del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), a través de la realización de actuaciones relacionadas con la comercialización y la transformación por parte de las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 19 de junio de 2017, modificada por la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, 2014-2020, publicada en BOJA núm. 19, de 23 de junio de 2017.

Quinto. Cuantía.

La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de 7 días hábiles, contado desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 2 de mayo de 2018

RODRIGO SÁNCHEZ HARO
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
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