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La Consejería de Educación tiene previsto incorporar a las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes las previsiones establecidas en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
A tal efecto, la orden por la que se regulan las bolsas de trabajo docentes y se establecen las bases reguladoras del personal interino y aspirante a interinidad, actualmente en tramitación, recogerá en su articulado la nueva ordenación de las bolsas, según establece el referido artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, para el personal con discapacidad.
Al objeto de poder ordenar las bolsas de trabajo de tal modo, parece oportuno proceder a la recogida de datos que posibilite tal extremo, mediante una convocatoria pública para que el personal integrante de las referidas bolsas, con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, pueda presentar la documentación acreditativa de la citada discapacidad.
Por todo ello, en virtud de las competencias conferidas por el Decreto 207/2015, de 14 de julio, por la que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos,
HA RESUELTO
1. Efectuar convocatoria pública para que el personal integrante de las bolsas de trabajo docentes con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, pueda presentar la documentación acreditativa de la referida discapacidad, al objeto de poder ordenar las referidas bolsas de trabajo en consonancia con lo establecido en el apartado 1 del artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
2. Para ello, el personal interesado podrá acreditar la citada discapacidad, en el plazo de diez días, computables a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, cumplimentando para ello el formulario que establezca la Administración y al que se podrá acceder a través del portal web de la Consejería de Educación. A dicho formulario se deberá adjuntar, en formato pdf, certificación en vigor del órgano competente estatal o autonómico, en la que conste que se tiene reconocida una discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.
Una vez cumplimentado el referido formulario, se procederá a su teletramitación y firma electrónica que se establezca al efecto.
3. El personal participante será responsable de la veracidad de la documentación adjunta. No obstante, la Administración educativa podrá requerir en cualquier momento del procedimiento la presentación de documentación original correspondiente. En caso de falsedad documental, la persona afectada no podrá beneficiarse de la ordenación de las bolsas en calidad de discapacitada. Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que, por su actuación, pudiera incurrir.
4. Esta Dirección General, con carácter previo a la publicación de las bolsas de trabajo docentes para el curso académico 2018/2019, hará pública de forma provisional la relación del personal participante admitido y excluido de esta convocatoria, con indicación en este último caso de las causas de exclusión. Contra dicha resolución se podrá alegar en el plazo de cinco días hábiles.
A la vista de las alegaciones, este centro directivo hará pública la relación definitiva del personal admitido y excluido, con indicación, asimismo, en este caso, de las causas de exclusión.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de mayo de 2018.- La Directora General, Antonia Cascales Guil.
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