Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00135877.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante la Agencia), como entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Cultura, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de las artes plásticas, las arte combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por si o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
Dentro de la Agencia está encuadrado, como órgano sin personalidad jurídica propia, el Instituto Andaluz del Flamenco. El Instituto Andaluz del Flamenco viene ejecutando el programa «Flamenco viene del sur» consistente en programar, en distintos espacios escénicos, espectáculos de flamenco en sus distintas manifestaciones de cante, baile y toque. Dicha convocatoria también contempla espectáculos dirigidos al público infantil, que se enmarcarán en un Ciclo Didáctico específico.
Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,
RESUELVO
Primero. Objeto.
Esta resolución tiene por objeto convocar la presentación de ofertas para la selección de aquellas que serán contratadas por la Agencia, para su representación pública, dentro del programa «Flamenco viene del sur 2019».
Los espectáculos seleccionados serán ofertados para su exhibición en los teatros adheridos al programa, correspondiendo la coordinación de las giras al Instituto Andaluz del Flamenco.
La Agencia suscribirá con cada licitador seleccionado el correspondiente contrato de representación pública, al amparo de lo dispuesto en el en los 25.1.a), 26.2, 118, y 168.a).2.º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Segundo. Participantes.
Podrán presentar su solicitud las empresas y compañías profesionales de flamenco, de carácter privado, constituidas en algunas de las figuras empresariales previstas por la ley y que presenten espectáculos flamencos.
Tercero. Solicitud, lugar y plazo de presentación.
1. La solicitud, suscrita por la persona interesada, dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia, y formulada conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente resolución, se presentará preferentemente en la sede del instituto Andaluz del Flamenco, sita en C/ Santa Teresa, 8, 41004, Sevilla, especificándose claramente la leyenda: «Flamenco viene del sur». Recepción de ofertas para la anualidad 2019.
Podrá también presentarse mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Reglamento de Servicios Postales, aprobado mediante Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, en aquellas solicitudes que se envíen por correo, el remitente deberá presentar la documentación en la oficina de correos en sobre abierto, con el objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar y la hora y minuto de su admisión. Estas circunstancias deberán figurar en el resguardo justificativo de su admisión.
En estos casos, el solicitante deberá comunicarlo al Instituto Andaluz del Flamenco el mismo día de la entrega en correos mediante el envío de una copia del resguardo justificativo de admisión, a la dirección de correo electrónico: oficina.flamencovienedelsur@juntadeandalucia.es, e indicando claramente la empresa que remite y el proyecto del que se trata.
2. El plazo de presentación de ofertas será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Contenido de la solicitud.
Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I), las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, con el siguiente contenido:
I. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Relativa a la empresa:
Personas físicas:
- Fotocopia del DNI, pasaporte, o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- Documentación acreditativa del ejercicio profesional de la actividad por el solicitante (alta censal correspondiente en el impuesto de actividades económicas y alta en el régimen especial de trabajadores autónomos).
Personas jurídicas:
- Acreditación de la personalidad jurídica mediante la presentación de copia de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta funcional, en el que constaten las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
En ambos casos:
- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán copia simple de la escritura de poder suficiente a estos efectos y de su DNI, pasaporte o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento Mercantil.
- Declaración de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (IAE, IRPF, IVA, Sociedades, etc.), tanto con la AEAT (Hacienda estatal), así como con la Hacienda autonómica, y frente a la seguridad social, sin perjuicio de su efectiva acreditación en el momento previo a la firma del contrato.
- Declaración responsable, conforme al modelo recogido como Anexo III de la presente resolución, de no estar incurso en ninguna causa de prohibición para contratar con la Administración.
- Currículo o dossier de la Empresa.
- En el caso de presentar la solicitud un representante artístico deberá acreditar la autorización de cada uno de los artistas intérpretes o ejecutantes principales que intervienen en el proyecto presentado para el programa Flamenco viene del sur 2019 (Anexo V).
- Autorización del autor o representante legal de la sociedad General de Autores y editores o entidad de gestión que corresponda, para la representación de la obra, conforme al modelo recogido en el Anexo IV de la presente resolución.
Los documentos contenidos en los epígrafes relativos «Personas físicas» y a «Personas jurídicas», podrán ser sustituidos por una declaración expresa responsable (Anexo II) en la que manifieste que dichos documentos, obran en poder de la Agencia, tienen una antigüedad inferior a 5 años, y permanecen inalterados. En dicha declaración autorizan a la Agencia para que pueda recabar dichos documentos o la información contenida en los mismos de los órganos donde se encuentren.
En el caso de que por la Agencia, una vez realizadas las comprobaciones oportunas, se observara que dicha documentación no reúne los requisitos exigidos en la presente resolución, requerirá del interesado su subsanación conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente.
II. DOCUMENTACIÓN ARTÍSTICA DEL PROYECTO
- Trayectoria de la compañía o curriculum del artista en caso de recitales
- Sinopsis en caso de espectáculo, incluyendo duración, en formato .doc.
- Ficha artística en formato .doc.
- Programa del espectáculo. Doc.
- Relación de representaciones realizadas hasta el presente.
- DVD con grabación de los 5 minutos del espectáculo que la compañía considere más representativos del espectáculo grabados directamente sin ningún tipo de manipulación digital o enlace de youtube con la autorización del representante para publicidad y difusión.
Estos dos últimos epígrafes sólo se adjuntarán a la solicitud, en los casos en los que el espectáculo haya sido estrenado.
- En caso de no disponer de material gráfico, por ser un estreno, la compañía enviará enlace de youtube del artista principal con la correspondiente autorización para publicidad y difusión.
- Propuesta de oferta económica, con el caché estimativo del espectáculo para el programa, conforme a los límites establecidos en el epígrafe octavo de la convocatoria.
- Ficha técnica con todas las necesidades desglosadas que requiere la compañía para la realización del espectáculo: planos de luces y de sonido, teléfono/s de contacto del técnico/s de la compañía. Todo en formato.doc o pdf.
Las compañías finalmente seleccionadas se obligan a respetar la ficha artística presentada junto a la solicitud, que tendrá carácter vinculante. Únicamente podrán realizarse cambios en la misma durante el transcurso del Programa, previa autorización de la Agencia.
La documentación contenida en estos epígrafes se podrá presentar tanto en papel como en soporte digital.
Todo el material presentado debe ir correctamente identificado; nombre de la compañía y nombre del espectáculo.
Aquellas compañías que presenten más de un espectáculo deben entregar para cada propuesta toda la documentación artística requerida.
Quinto. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días hábiles subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa Resolución.
El requerimiento de subsanación, se notificará de forma conjunta a todas las empresas interesadas mediante su publicación en la página web de la Agencia. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Sexto. Difusión de los espectáculos.
Con el fin de promocionar los espectáculos, los solicitantes seleccionados autorizarán de manera expresa a la Agencia, para la inclusión en la web de este organismo, de los vídeos cortos (5 min.) de los espectáculos ofertados.
Las empresas seleccionadas que en el transcurso del año realicen algún cambio en la empresa (domicilio, e-mail u otro dato de interés para la gestión del Programa) deben comunicarlo por escrito en cuanto se realice el cambio.
Séptimo. Procedimiento.
1. Las ofertas presentadas serán estudiadas por una Comisión Asesora, que formulará la correspondiente propuesta.
La Comisión Asesora, que se constituirá mediante resolución de la persona titular de la Dirección de la Agencia, estará presidida por la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz del Flamenco y formada por al menos 5 vocales, expertos en la materia.
Las personas designadas no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente con ninguna empresa productora o distribuidora de artes escénicas de la comunidad andaluza.
La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a.
Para la selección de los espectáculos del Ciclo Didáctico la comisión asesora contará además con expertos en pedagogía y artes escénicas dirigidas al público infantil. La composición de la comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombre y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. La valoración se realizará atendiendo al valor artístico del espectáculo ofertado, la trayectoria artística de sus intervinientes y a la adecuación al ciclo. En el caso del Ciclo Didáctico se valorará también el contenido pedagógico, así como su adecuación a las distintas etapas educativas.
3. No se permitirán cambios artísticos sustanciales de los espectáculos seleccionados, así como de la personalidad jurídica e identidad de las empresas seleccionadas.
4. Se atenderá a la configuración equilibrada de una programación original que incluya las distintas manifestaciones de cante, baile y toque
5. La Agencia, a través del Instituto Andaluz del Flamenco, como responsable de la programación, se reserva la posibilidad de completar la programación con espectáculos que hayan sido coproducidos por la misma o hayan sido beneficiarios de ayudas a la producción de espectáculos convocadas por la Agencia en los ejercicios 2017 y 2018 o que hayan participado en eventos de especial interés, con los que colabora el Instituto Andaluz del Flamenco y cuyo resultado artístico sea relevante (premios Festival Internacional del Cante de Las Minas de La Unión, Festival de Jerez, Bienal de Flamenco de Sevilla, etc.). En este caso, la Agencia podrá suscribir acuerdos específicos.
Octavo. Condiciones de contratación.
1. Las compañías seleccionadas serán invitadas a participar en un procedimiento negociado sin publicidad, mediante adjudicación directa, al amparo de lo dispuesto por el artículo 168, a 2.º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, negociándose con cada compañía el caché a percibir, que se ajustará a lo dispuesto en el apartado 3.
2. En el procedimiento de contratación, los licitadores seleccionados deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social, debiendo cumplir los requisitos de solvencia económica y técnica establecidos en la Ley de contratos del Sector Público.
3. La cantidad económica que percibirá cada compañía se ajustará a lo siguiente:
A) Una cantidad fija, que será como máximo 7.000 € IVA incluido.
B) Una cantidad adicional del 60% de la recaudación de taquilla, IVA incluido, una vez descontados los gastos de venta de entradas y los derechos de autor que corresponda a la entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual.
4. La Agencia asume los costes técnicos que se requieran para el buen desarrollo del espectáculo (con un máximo de 1.000 € para cada bolo). Se exceptúa la necesidad de backline. En todos los casos, la Empresa responsable del espectáculo deberá aportar cuantos técnicos sean necesarios para el buen desarrollo del mismo, incluyendo siempre al menos un técnico de sonido.
5. La Agencia realizará la publicidad y promoción del espectáculo, con la colaboración de la compañía.
Noveno. Devolución de solicitudes originales.
En el caso de no ser seleccionados, la documentación quedará a disposición del interesado en la sede del Instituto Andaluz del Flamenco hasta el 31 de enero de 2019
La documentación no retirada en esta fecha será remitida al Archivo General de la Agencia.
Sevilla, 7 de mayo de 2018.- La Directora, María Cristina Saucedo Baro.
ANEXO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE DERECHOS DE AUTOR
D./D.ª (nombre del titular de los derechos) ...................…………………………………...., como titular de los de derechos de explotación de la obra ……...………………………………… por medio de la presente autorizo a ................................................................................... para el ejercicio de los derechos de explotación necesarios para la inclusión de dicha obra en el programa «Flamenco viene del Sur 2019», así como la representación de la obra …………………………………………………………, por un periodo de .............................. (Indefinido o especificar duración).
Sevilla, .............. de .................................................. de 20….
Fdo.:. .........................................................................................
Nombre y apellidos: ........................................…………….…..
DNI: ............................................…
NOTA: Se admitirá, en su caso, la correspondiente autorización del SGAE o cualquier otra entidad de gestión de derechos de autor.
ANEXO V
AUTORIZACIÓN PARTICIPANTES
D./D.ª…………………………………………............………, con DNI/NIF …………………………, representante de la entidad (en su caso) …….....………………………………………………, con NIF ……………………………., declara bajo su responsabilidad que dispone de la autorización expresa de cada uno de los artistas, intérpretes y ejecutantes principales que intervienen en el proyecto ……………………………………………………………… para formular la presente solicitud de participación en la convocatoria 2019 del programa Flamenco Viene del Sur.
En …...........................…, a ........, de …………………….. de 2018
Fdo.: ……………………………………….......................……………
Descargar PDF